Reforma sanciona uso comercial y engañoso de emblemas oficiales; no los memes
La disposición incluye la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos y documentos oficiales de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno.
La llamada “ley antimemes” no establece una prohibición para crear o difundir memes, sino sanciones para quienes utilicen elementos de instituciones públicas con fines comerciales y con la intención de inducir al error o cometer un ilícito, explicó este jueves la consejera jurídica de la Presidencia de la República, Luisa María Alcalde, durante la conferencia del pueblo.
La reforma contempla penas de uno a cinco años de prisión, además de multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), para conductas relacionadas con la reproducción, imitación o incorporación comercial de elementos oficiales.
La disposición incluye la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos y documentos oficiales de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno.
El punto central, de acuerdo con la explicación presentada en la conferencia, es que la conducta tenga como propósito inducir al error o engaño sobre el carácter oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio o sistema informático.
La discusión sobre la reforma ha generado el término “ley antimemes” en el debate público. Sin embargo, tanto autoridades como legisladores han señalado que las disposiciones no están dirigidas a sancionar memes, parodias o expresiones satíricas por sí mismas.
