En Comisión de Salud avanza dictamen para prohibir cirugías estéticas y cosméticas en menores de edad
En el documento se precisa que la realización de cirugía plástica estética en menores de 18 años sólo se podrá llevar a cabo mediante prescripción médica certificada
La Comisión de Salud, que preside aprobó un dictamen para prohibir los procedimientos médico-quirúrgicos con fines estéticos o cosméticos en menores de 18 años, excepto aquellos que sean indispensables para la reconstrucción y el restablecimiento de la salud y el desarrollo integral de las personas.
Se destacó en esta sesión que el proyecto de decreto, que modifica los artículos 272 Bis y 272 Bis 1 de la Ley General de Salud, integra ocho propuestas presentadas por senadores de diversos grupos parlamentarios.
En el documento se precisa que la realización de cirugía plástica estética en menores de 18 años sólo se podrá llevar a cabo mediante prescripción médica certificada y evaluaciones interdisciplinarias para cada caso concreto.
Además, se establece que las intervenciones reconstructivas destinadas a reparar o restaurar partes del cuerpo de las personas menores de edad, a causa de enfermedades congénitas, traumatismos o accidentes, así como aquellas indispensables para restituir la forma y función de la zona afectada, se realizarán conforme a las normas y los protocolos vigentes en la materia.
En el dictamen se menciona que, de acuerdo con la Asociación Mexicana de Cirugía Plástica, México es el tercer lugar a nivel mundial en realización de intervenciones estéticas, sólo después de Estados Unidos y Brasil; y en promedio, cada año se realizan en nuestro país un millón 36 mil 618 procedimientos quirúrgicos y no quirúrgicos.
A propuesta del senador Emmanuel Reyes Carmona, de Morena, la Comisión de Salud incluyó un cambio al artículo 272 Bis del proyecto, para precisar que “tratándose de personas menores de 18 años queda prohibida la realización de procedimientos médicos quirúrgicos establecidos en el Capítulo IV Bis del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica”.
