Rumbo al 2024

Diputados aprueban, en lo general, hasta 7 años de cárcel y multa de hasta 43 mil pesos a quienes tomen casetas

  • El pleno avaló las reformas a la Ley de Vías Generales de Comunicación con 344 votos a favor, 85 en contra y 24 abstenciones.

Ciudad de México, 17 de diciembre del 2020.- La Cámara de Diputados aprobó este martes, en lo general, el dictamen que reforma la Ley de Vías Generales de Comunicación para castigar con hasta siete años de prisión y con una multa de hasta 43 mil 440 pesos a quienes impidan o lucren con el cobro de cuotas a los vehículos que circulan por dichas vías.

El pleno avaló la reforma al artículo 533 de dicha ley con 344 votos a favor, 85 en contra y 24 abstenciones.

«A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización», señala textualmente la reforma avalada.

Al fundamentar el dictamen , el presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, diputado Víctor Manuel Pérez Díaz (PAN), precisó que la intención es brindar mayor certeza jurídica y garantizar el Estado de derecho en las vías generales de comunicación.

Los bloqueos, añadió, de acuerdo con datos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Asociación Mexicana de Concesionarios de Infraestructura Vial, durante 2019 y lo que va del presente año, originaron pérdidas sectoriales cercanas a los siete mil millones de pesos.

En 2020, los bloqueos a las vías férreas se han incrementado 119 por ciento respecto a 2019, y en promedio su duración es de 12 días.

Con información de: https://www.elfinanciero.com.mx/

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