Noticias Generales

Aceptará la banca más identificaciones

México, 01 de marzo de 2017.- Los bancos reconocen ya otras identificaciones oficiales para celebrar operaciones con sus clientes, según nuevas disposiciones de la Secretaría de Hacienda que entraron el vigor el sábado pasado.

Para celebrar operaciones los bancos solicitan a sus clientes la credencial que emite el Instituto Nacional Electoral (INE) o el pasaporte.

Ahora, mediante adiciones al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de prevención de lavado de dinero, la Secretaría de Hacienda estableció que se considerarán como documentos válidos de identificación personal la cédula profesional, la cartilla del servicio militar nacional y el certificado de matrícula consular.

También considerará válidas la tarjeta única de identidad militar, la de afiliación al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, así como las credenciales y carnets expedidos por el IMSS, el ISSSTE y el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas o por el Seguro Popular.

Según las disposiciones, los bancos también aceptarán la licencia para conducir, las credenciales emitidas por autoridades federales, estatales y municipales y las demás identificaciones nacionales que, en su caso, apruebe la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

Hacienda recordó que la primera recomendación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo es que las instituciones financieras se identifiquen, evalúen y tomen acciones para mitigar los riesgos, a través de mecanismos de conocimiento de sus clientes.

Por otra parte, las consideraciones expuestas en la resolución de Hacienda mencionan que tomando en cuenta los avances tecnológicos, así como la necesidad de reforzar los mecanismos para llevar a cabo las entrevistas personales requeridas para la apertura de cuentas de depósito a la vista en moneda nacional, se establece la posibilidad de que las instituciones de crédito realicen mediante videoconferencia dicha entrevista.

Sin embargo, deberán realizarse conforme a los requisitos que para tales efectos emita la CNBV.

Asimismo, la regla establece que las instituciones de crédito podrán reforzar sus medidas de prevención en sus relaciones comerciales al compartir con sus oficinas de representación, matrices, filiales y corresponsales, el contenido de la lista de personas bloqueadas con otras entidades.

Jessika Becerra | Reforma

Botón volver arriba