Nacionales

Semarnat blinda Áreas Naturales Protegidas y restringe actividades mineras sin autorización ambiental

  • Nuevo acuerdo impide la exploración y explotación minera en zonas protegidas de jurisdicción federal sin evaluación de impacto ambiental; la Conanp tendrá facultades de supervisión vinculante.

Ciudad de México, 21 de julio del 2026.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) reforzó la protección de las Áreas Naturales Protegidas (ANP) de competencia federal mediante la entrada en vigor de un acuerdo que prohíbe a los titulares de concesiones mineras realizar actividades de exploración y explotación sin contar previamente con la autorización correspondiente en materia de impacto ambiental.

La disposición, vigente a partir de este martes, establece además que los servidores públicos de la dependencia no podrán emitir autorizaciones para proyectos sujetos a Evaluación de Impacto Ambiental cuando éstos contemplen obras o actividades mineras dentro de las áreas protegidas.

El acuerdo precisa que los permisos ambientales constituyen un procedimiento administrativo independiente de las concesiones mineras previstas en la legislación vigente, por lo que la restricción aplica incluso a quienes obtuvieron concesiones antes del 9 de mayo de 2023, fecha en que entró en vigor la reforma a la Ley Minera.

Asimismo, la Semarnat instruyó a sus unidades administrativas y órganos desconcentrados a verificar que los concesionarios cumplan con la implementación de programas de restauración ambiental antes, durante y después de las labores de exploración y explotación de minerales.

Entre las nuevas disposiciones también se establece la prohibición de otorgar autorizaciones ambientales para proyectos ubicados en sitios protegidos por el valor de sus ecosistemas, así como impedir la disposición final de residuos mineros y metalúrgicos en Áreas Naturales Protegidas, humedales, cauces y zonas federales de aguas nacionales, debido al riesgo que representan para el medio ambiente y la salud pública.

De igual forma, cuando la Semarnat reciba solicitudes de Evaluación de Impacto Ambiental relacionadas con actividades de exploración o explotación minera, deberá informar de manera inmediata a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), organismo que elaborará un dictamen técnico con carácter vinculante para el proceso de evaluación.

Como parte del fortalecimiento del esquema de vigilancia, el titular de la Conanp, Pedro Álvarez Icaza, recibió la facultad de supervisar el cumplimiento estricto de las prohibiciones establecidas en el acuerdo.

La dependencia recordó que, previo a la reforma publicada el 8 de mayo de 2023, las concesiones mineras autorizaban la exploración y explotación de diversos minerales e incluso conferían derechos relacionados con el aprovechamiento del agua. Con el nuevo marco jurídico, las concesiones se limitan a un mineral específico y quedan sujetas a controles más estrictos en materia hídrica y ambiental.

Además, destacó que, con el respaldo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el otorgamiento de concesiones mineras ahora está condicionado a la obtención previa de las autorizaciones ambientales correspondientes.

La Semarnat reiteró que el máximo tribunal ha determinado que el título de concesión y el permiso ambiental constituyen procedimientos independientes y sucesivos, por lo que la posesión de una concesión no genera un derecho automático para desarrollar actividades de explotación minera, sino que obliga a los particulares a cumplir previamente con la normatividad ambiental vigente.

Mostrar más
Botón volver arriba