Pueblos Originarios

Chiapas reconoce igualdad patrimonial para mujeres de pueblos originarios

  • La modificación a la Ley de Derechos y Cultura Indígena reconoce la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso a la propiedad y garantiza su participación en las decisiones de comunidades y ejidos.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 17 de julio del 2026. Las mujeres pertenecientes a los pueblos originarios de Chiapas contarán con mayores garantías para ejercer sus derechos patrimoniales y de participación comunitaria, luego de la entrada en vigor de la reforma a la Ley de Derechos y Cultura Indígena del estado, que establece la igualdad entre mujeres y hombres en materia de herencia, propiedad y toma de decisiones dentro de las comunidades.

Con esta modificación legal, las mujeres indígenas podrán heredar tierras y otros bienes en las mismas condiciones que los hombres, además de participar en las decisiones de carácter comunitario y ejidal, derechos que durante décadas estuvieron limitados por prácticas derivadas de los usos y costumbres.

Hasta antes de la reforma, en gran parte de los 13 pueblos originarios de la entidad prevalecían normas tradicionales que restringían el acceso de las mujeres a la propiedad de la tierra, al privilegiar la sucesión patrimonial entre los integrantes varones de las familias.

De acuerdo con estas prácticas, autoridades tradicionales, representantes comunitarios y miembros de las propias familias, incluidos padres, hermanos y cónyuges, determinaban que las mujeres no podían acceder a la herencia ni intervenir en asuntos relacionados con la administración de bienes comunales.

La reforma busca garantizar el principio de igualdad sustantiva y fortalecer el reconocimiento de los derechos de las mujeres indígenas, armonizando la legislación estatal con los principios constitucionales y los instrumentos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y no discriminación.

Con este cambio, Chiapas avanza en el reconocimiento jurídico de la participación plena de las mujeres indígenas en la vida comunitaria, así como en la protección de sus derechos patrimoniales y de acceso a la propiedad.

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