Corte ordena traducir al zapoteco ley sobre violencia contra mujeres
Ciudad de México, 06 de agosto del 2025.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este miércoles a las autoridades de Oaxaca traducir a la lengua zapoteca la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sentencia con la que abrió la puerta para que otras comunidades demanden la traducción de esta u otras leyes en sus lenguas originarias.
El proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama fue aprobado por unanimidad de cuatro votos en la Segunda Sala y ampara a María Fernanda Hernández Morales, estudiante de Derecho y activista que se autodescribe como zapoteca. El falló estableció jurisprudencia (criterio obligatorio), y reconoce el derecho de las mujeres indígenas no solo a ser protegidas contra la violencia, sino también a conocer en su lengua sus derechos.
La activista promovió el juicio tras denunciar que la falta de traducción de dicha ley vulnera su derecho a recibir justicia en su lengua indígena. La Corte le dio la razón y ordenó al gobierno estatal, a través de la Secretaría de Interculturalidad, Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (SIPCIA), traducir el texto íntegro de la ley al zapoteco del Valle de Oaxaca y difundirlo ampliamente mediante medios escritos, audiovisuales e informáticos.
La sentencia del máximo tribunal del país modifica una resolución previa de la juez federal sobreseyó parte del juicio, al considerar que no existe una obligación legal expresa de traducir toda ley a todas las lenguas indígenas.
Sin embargo, la juez sí concedió parcialmente el amparo, ordenando a las autoridades que hicieran y tradujera una síntesis de los puntos más relevantes de la ley al zapoteco del Valle de Oaxaca, y la difundieran.
La Corte consideró que esto era insuficiente y discriminatorio, pues limitaba el acceso pleno a los derechos que la ley otorga a las mujeres indígenas, y señaló que que sí existe una obligación constitucional y convencional (en tratados internacionales y la Constitución) de traducir normas jurídicas a las lenguas indígenas, como parte del derecho a la lengua propia, especialmente cuando se trata de derechos humanos.
Con información de: https://www.jornada.com.mx/