Empresa Modern Metal, ubicada en Querétaro, reconoce a trabajadores tras litigio
Ciudad de México, 21 de julio del 2025.- El gobierno de Estados Unidos anunció hoy la resolución del asunto del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MRR) del T-MEC en las instalaciones de Modern Metal Alloys, S.A. de C.V. (MMA), ubicadas en Querétaro, México.
La oficina del Representante Comercial del Gobierno de Estados Unidos informó que ha reanudado la liquidación de aranceles sobre los productos de las instalaciones de Modern Metal Alloys, S.A. de C.V. (MMA), ubicadas en Querétaro, México, que fabrican aluminio para la producción de autopartes.
Lo anterior, luego de atender una queja del sindicato Transformación Sindical en la que alegó que la empresa ha violado los derechos de los trabajadores al no reconocer su legitimidad, ya que “tiene el certificado de representación”, y negarse a firmar un contrato colectivo de trabajo.
Las medidas adoptadas por las instalaciones para abordar el asunto incluyen: ofrecer la reincorporación con pago retroactivo e indemnización completa a un trabajador que fue despedido en represalia por su actividad sindical. Restablecer a los trabajadores a sus asignaciones laborales anteriores a su reasignación en represalia por su actividad sindical; permitir el acceso a las instalaciones de la empresa al sindicato que posee el certificado de representación.
Asimismo, negociar un nuevo contrato colectivo de trabajo con el sindicato que posee el certificado de representación; adoptar, difundir y adoptar una declaración de neutralidad y directrices de la empresa sobre libertad de asociación y negociación colectiva, incluyendo una política de tolerancia cero ante infracciones, y capacitar a todo el personal de la empresa sobre los compromisos de neutralidad y las directrices de la empresa.
Además establecer un mecanismo de denuncia para que los trabajadores puedan denunciar de forma anónima cualquier violación de sus derechos e incumplimiento de las directrices de la empresa sobre libertad de asociación y negociación colectiva.
Indicó que las medidas adoptadas por el Gobierno de México para abordar el asunto incluyen: impartir capacitaciones presenciales a todo el personal de la empresa sobre libertad sindical y negociación colectiva; ofrecer una dirección de correo electrónico para que los trabajadores puedan denunciar de forma anónima cualquier intimidación, coerción o amenaza con respecto a su selección de un sindicato y sus actividades; falta de neutralidad respecto a los sindicatos que representan o buscan representar a los trabajadores; o injerencia en los asuntos internos del sindicato; y Supervisar las instalaciones e interactuar con los trabajadores y la empresa durante el período de revisión.
Apuntó que con base en estas medidas, el Representante Comercial de Estados Unidos, Embajador Jamieson Greer, ordenó al Secretario del Tesoro que reanude la liquidación de las entradas de mercancías no liquidadas de las instalaciones.
El Representante Comercial de Estados Unidos y el Secretario de Trabajo copresiden el Comité Laboral Interinstitucional para la Supervisión y el
Cumplimiento (ILC por sus siglas en inglés). El 17 de marzo de 2025, la ILC recibió una petición RRM del Secretario General del Sindicato Industrial de Trabajadores de la Transformación, Construcción, Automotriz, Agropecuaria, Plásticos y de la Industria en General, del Comercio y Servicios, Similares, Anexos y Conexos del Estado de Querétaro, Ángel Castillo Reséndiz (Transformación Sindical), un sindicato mexicano.
La petición alegaba que MMA había violado los derechos de los trabajadores al desconocer la legitimidad de Transformación Sindical, entidad que ostenta el certificado de representación; negarse a firmar un contrato colectivo de trabajo; negarle a Transformación Sindical el acceso a las instalaciones; acosar y tomar represalias contra los trabajadores debido a su actividad sindical, incluyendo despidos; y promover y presionar a los trabajadores para que se afilien a un sindicato afín a la empresa.
La ILC revisa las peticiones de RRM que recibe, y la información que las acompaña, en un plazo de 30 días. La ILC determinó que existían pruebas suficientes y creíbles de una denegación de derechos, lo que permite la invocación de buena fe de los mecanismos de cumplimiento.
Como resultado, el 16 de abril de 2025, el Representante Comercial de Estados Unidos presentó una solicitud a México para revisar el asunto. México aceptó la solicitud y determinó que la empresa había tomado las medidas correctivas necesarias para abordar las presuntas denegaciones de derechos relacionados con la libertad de asociación y la negociación colectiva.
Posteriormente, Estados Unidos entabló nuevas negociaciones con MMA, tras lo cual la empresa acordó tomar medidas correctivas adicionales. Como resultado de las medidas mencionadas, adoptadas por la instalación y México para resolver la acción, Estados Unidos coincide en que no existe una denegación de derechos en curso.
Con información de: https://www.jornada.com.mx/