SCJN avala facultad de la UIF para bloquear cuentas sin orden judicial
La Corte determina carácter administrativo de la medida; ministros advierten riesgos a la seguridad jurídica
Ciudad de México, 06 de abril del 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dependiente de la Secretaría de Hacienda, cuenta con facultades constitucionales para bloquear cuentas bancarias con base en indicios, sin necesidad de una orden judicial previa.
Con una mayoría de seis votos, el pleno avaló el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el cual confirma la reforma de 2022 y establece que esta atribución tiene carácter administrativo, no penal, además de reconocer el derecho de audiencia de las personas afectadas.
Durante la discusión, las ministras y ministros que votaron en contra —Yasmín Esquivel, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero— expresaron reservas sobre los alcances de esta medida, particularmente en lo relativo a la inclusión de personas en listas de bloqueo por presuntos vínculos con operaciones ilícitas.
El ministro Figueroa Mejía cuestionó que los afectados deban acreditar su inocencia ante la autoridad sin contar con las garantías propias de un proceso penal, mientras que la ministra Esquivel advirtió que una redacción normativa deficiente no debe comprometer el principio de seguridad jurídica.
En contraste, la ministra ponente defendió la necesidad de mantener esta herramienta como mecanismo preventivo en el combate al lavado de dinero y al financiamiento al terrorismo.
“Por disposiciones internacionales, es necesario contar con instrumentos a nivel nacional que permitan adoptar medidas adecuadas”, argumentó Ortiz Ahlf.
La resolución reafirma el marco legal vigente en materia de control financiero, en medio del debate sobre el equilibrio entre seguridad y garantías individuales.
