Proyecto en la Corte perfila revés a Total Play por bloqueo de sitios web
Se propone validar facultades del IMPI para ordenar la suspensión de contenidos en Internet por violaciones a derechos de autor
Ciudad de México, 02 de abril del 2026.- El ministro Arístides Guerrero García propondrá al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmar la negativa de amparo a la empresa Total Play y validar las facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para ordenar el bloqueo de contenidos en sitios de Internet por violaciones a derechos de autor.
El asunto será discutido el próximo 9 de abril y deriva de un amparo promovido por la empresa de telecomunicaciones, propiedad del Grupo Salinas, contra la orden de bloquear páginas que difundían películas de forma ilegal y contra la constitucionalidad del artículo 344, fracción VII, de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
De acuerdo con el proyecto, se propone confirmar la sentencia emitida en enero de 2025 por un juzgado de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México, que negó el amparo al considerar constitucional la facultad del IMPI para ordenar este tipo de medidas con el fin de proteger derechos de autor.
El caso se originó en julio de 2024, cuando diversas empresas denunciaron ante el IMPI la difusión ilegal de películas en dos sitios web y solicitaron su bloqueo. El instituto inició el procedimiento, dictó una medida provisional y posteriormente ordenó a proveedores de Internet, entre ellos Total Play, bloquear los sitios denunciados.
Tras cumplir la orden, la empresa promovió un amparo al argumentar que la medida invade facultades del órgano regulador de telecomunicaciones, vulnera la libertad de expresión y el acceso a la información, además de resultar desproporcionada al bloquear sitios completos.
No obstante, el juez federal que conoció del asunto resolvió que las autoridades sí pueden ordenar este tipo de medidas para proteger los derechos de autor, los cuales pueden limitar la libertad de expresión y el acceso a la información, ya que estos derechos no son absolutos y deben respetar derechos de terceros y el orden público.
El caso llegó a la Suprema Corte luego de que un tribunal colegiado se declarara incompetente para resolver el tema de constitucionalidad. En caso de aprobarse el proyecto, el máximo tribunal confirmaría la negativa del amparo y el asunto regresaría a un tribunal colegiado para resolver únicamente cuestiones de legalidad pendientes relacionadas con la actuación del IMPI y el acceso a Internet.
Se propone validar facultades del IMPI para ordenar la suspensión de contenidos en Internet por violaciones a derechos de autor
El ministro Arístides Guerrero García propondrá al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmar la negativa de amparo a la empresa Total Play y validar las facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para ordenar el bloqueo de contenidos en sitios de Internet por violaciones a derechos de autor.
El asunto será discutido el próximo 9 de abril y deriva de un amparo promovido por la empresa de telecomunicaciones, propiedad del Grupo Salinas, contra la orden de bloquear páginas que difundían películas de forma ilegal y contra la constitucionalidad del artículo 344, fracción VII, de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
De acuerdo con el proyecto, se propone confirmar la sentencia emitida en enero de 2025 por un juzgado de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México, que negó el amparo al considerar constitucional la facultad del IMPI para ordenar este tipo de medidas con el fin de proteger derechos de autor.
El caso se originó en julio de 2024, cuando diversas empresas denunciaron ante el IMPI la difusión ilegal de películas en dos sitios web y solicitaron su bloqueo. El instituto inició el procedimiento, dictó una medida provisional y posteriormente ordenó a proveedores de Internet, entre ellos Total Play, bloquear los sitios denunciados.
Tras cumplir la orden, la empresa promovió un amparo al argumentar que la medida invade facultades del órgano regulador de telecomunicaciones, vulnera la libertad de expresión y el acceso a la información, además de resultar desproporcionada al bloquear sitios completos.
No obstante, el juez federal que conoció del asunto resolvió que las autoridades sí pueden ordenar este tipo de medidas para proteger los derechos de autor, los cuales pueden limitar la libertad de expresión y el acceso a la información, ya que estos derechos no son absolutos y deben respetar derechos de terceros y el orden público.
El caso llegó a la Suprema Corte luego de que un tribunal colegiado se declarara incompetente para resolver el tema de constitucionalidad. En caso de aprobarse el proyecto, el máximo tribunal confirmaría la negativa del amparo y el asunto regresaría a un tribunal colegiado para resolver únicamente cuestiones de legalidad pendientes relacionadas con la actuación del IMPI y el acceso a Internet.
