Hidalgo

Propuesta de reforma a ley de notariado sube al Pleno diputada Corina Martínez.

Pachuca, Hgo., a 10 de septiembre de 2019.

La diputada de Morena por el Distrito XII Pachuca Corina Martínez García planteó hoy ante el Pleno del Congreso del Estado de Hidalgo una iniciativa de reforma a la Ley del Notariado local con el propósito de que se reconozca el derecho de voz y voto de los titulares adscritos (suplentes del titular) en asambleas realizadas periódicamente por el gremio, para que puedan participar de manera activa y sin ningún impedimento en las decisiones.

Durante su exposición de motivos, la legisladora refirió que actualmente el notario suplente cuenta con las mismas características, derechos, obligaciones y facultades del titular, que actúa en el protocolo del que está ausente; sin embargo, existe una limitante,la que le impide participar de manera libre, activa y autónoma en las asambleas que se realizan en el colegiado.

Añadió que el notario público titular tiene la facultad de proponer a su adscrito, y dar aviso al gobernador para ratificar su nombramiento. El notario auxiliar destinado para dicha vacante deberá cumplir los requisitos que establece la Ley del Notario Público para el estado.

Indicó que una vez autorizado el notario público adscrito, el Ejecutivo estatal podrá otorgar patente para su desempeño, quien tendrá los derechos y obligaciones que la ley en la materia le confiere, y será responsable del cumplimiento de las demás leyes aplicables en las funciones y actos en que intervenga, y responder en todo caso de su actuación.

La Ley del Notariado para el estado, explicó la diputada Corina Martínez, establece que los notarios públicos adscritos tienen los mismos derechos, obligaciones y facultades que el titular. El desempeño de sus actividades, dijo, será dentro de una misma notaría y un mismo protocolo, siempre por autorización y bajo la responsabilidad del titular.

Por tal razón, abundó, los notarios públicos adscritos funcionan con igual capacidad que la del titular; pueden intervenir en contratos, actos jurídicos, hechos y circunstancias sobre las que se deba dar fe pública; puede expedir testimonios, copias certificadas, documentos derivados de instrumentos existentes en el protocolo, y hacer uso debido del sello de notario titular.

“Lo que da como resultado que en ambos casos son titulares de derechos y obligaciones que les otorga la Ley del Notariado”, apuntó la legisladora morenista, quien con su propuesta de reforma al artículo 168 párrafo primero de la ley hidalguense busca otorgar a los notarios adscritos el derecho de voz y voto en asambleas.

 

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