Hidalgo

Propone Diputada Jajaira Aceves reforma en materia de protección a los derechos alimenticios y sucesorios derivados del concubinato

Pachuca, Hgo., 03 de diciembre del 2020.- La Diputada Local Jajaira Aceves presentó una iniciativa con proyecto de decreto que Reforma el Artículo 143 y adiciona los artículos 143 bis y 143 ter a la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, durante la sesión ordinaria número 156 de la LXIV Legislatura.

En su exposición de motivos, la Diputada Local mencionó que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que se ha optado por regular a las parejas, es decir, aquellas que mantienen una relación estable y continuada pero que han decidido no sujetarse a un régimen matrimonial.

El reconocimiento a efectos jurídicos a uniones de hecho como el concubinato se deriva del mandato constitucional establecido en el artículo 4 de la Constitución Federal, que consiste en la protección de la organización y desarrollo de la familia con la finalidad de evitar situaciones de injusticia o desprotección sobre las personas que decidan conformar una familia, determinando que por familia debe entenderse a las familias construidas a través del matrimonio o uniones de hecho, así como las monoparentales y las conformadas por parejas del mismo sexo.

En ese tenor, la Diputada Jajaira Aceves propuso la siguiente reforma para la protección del concubinato en varias vertientes, primero, reducir de tres a dos años el plazo para el concubinato del que derivan dos requisitos para la existencia legal del concubinato: primero, que los concubinos hayan vivido en común de forma constante y permanente por un periodo mínimo de dos años, o bien, que tengan un hijo en común y el segundo, que no tengan impedimento legal para contraer matrimonio.

La iniciativa también propone que el concubinato genere determinados derechos, cristalizando efectos jurídicos tales como el derecho a no sufrir violencia familiar, derecho a suceder por vía legítima y derecho a una pensión alimenticia.

“Lo anterior es especialmente relevante, ya que al ser la familia el elemento natural y fundamental de la sociedad, conforme la sociedad se transforma, los grupos familiares también cambian. Entonces, el derecho debe tener la capacidad de adaptarse a estos nuevos grupos familiares, ya que la protección de la familia reviste una trascendencia social incuestionable”, finalizó.

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