Hidalgo

Penas de hasta cinco años de prisión y/o multa a quien realice fraude por costos excesivos en prestación de servicios hospitalarios, funerarios o venta y alquiler de insumos, vacunas o medicamentos

Pachuca de Soto, Hidalgo a 4 de marzo de 2021.- El Diputado Local Felipe Lara Carballo, subió a tribuna durante la sesión ordinaria para presentar una iniciativa que adiciona una fracción al artículo 214 del Código Penal para el Estado de Hidalgo, mediante el cual se incluye un nuevo tipo de fraude específico por el lucro excesivo en la prestación de servicios hospitalarios, funerarios o por la venta o alquiler de insumos, vacunas y medicamentos.

En su exposición de motivos, Felipe Lara dijo que la pandemia ha ocasionado un enorme deterioro en la salud de la población con graves afectaciones a la economía de las familias mexicanas. Estos problemas, como es de esperarse, tienen una repercusión económica en la que se presentan alteraciones en las condiciones normales de oferta y demanda de bienes y servicios.

“Lamentablemente, muchos aprovechan esas circunstancias para de una forma dolosa obtener un lucro mayor al obtenido en condiciones normales de mercado. Por ejemplo, la actual pandemia trajo consigo alza en los productos de la canasta básica, posteriormente aumentaron los precios en productos para el cuidado y prevención de la salud, como fueron los cubrebocas, caretas, guantes, trajes de protección, desinfectantes y hoy se han sumado a esa alza de precios los tanques de oxígeno, medicamentos, servicios hospitalarios y funerarios, entre otros” dijo el Legislador Local.

Por ello, el Diputado Local consideró necesario establecer acciones que protejan la economía de la ciudadanía pues existe un gran reclamo de la sociedad por el aumento de precios de los insumos y medicamentos para tratar pacientes de COVID-19.

A todo lo anterior, agregó que la PROFECO ha detectado mercado negro, prácticas abusivas y fraudulentas en redes sociales, y que, a pesar de sus operativos de vigilancia, imposición de sanciones e incluso de cerrar establecimientos, no ha sido suficiente para frenar los fraudes y el lucro excesivo en los precios de los productos y servicios.

Por ello, la iniciativa que se presenta está contemplada dentro del Capítulo de Fraude y consiste en adicionar una fracción al artículo 214 para imponer penas a quien obtenga un lucro excesivo por la prestación de servicios hospitalarios o funerarios, o por la venta o alquiler de insumos, dispositivos, vacunas, medicamentos, tratamientos o artículos, destinados a la prevención o tratamiento de enfermedades o que se requieran para la conservación o funcionamiento de los mismos.

Según lo estipulado por el artículo 203 del Código Penal, que sería aplicable al artículo 214, las penas a la conducta que se propone adicionar podrían ir de 6 meses a 5 años de prisión y multas de 50 a 300 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.

“Pero, además, la iniciativa también plantea que la pena se aumentará en una tercera parte, si la conducta tipificada fuese realizada durante una emergencia o riesgo sanitario declarado por las autoridades competentes, desastre natural o cualquier otra circunstancia catastrófica que altere de forma grave el orden público durante un tiempo determinado”, finalizó el Diputado Local.

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