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Municipio de Loreto administrará zona marítima con fines de recreación

México, 27 de febrero del 2018.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publica el acuerdo por el que se destina al servicio del Municipio de Loreto, la superficie de 2,314.633 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre.

Así como las obras existentes, consistentes en dos edificios y una palapa, ubicada en Paseo Adolfo López Mateos, colonia Centro, Municipio de Loreto, Estado de Baja California Sur, para uso de oficinas y recreación.

En la edición de este marte del Diario Oficial de la Federación (DOF), explicó que se destina al servicio del Municipio de Loreto, la superficie de 2,314.633 m² de zona federal marítimo terrestre, así como las obras existentes, consistentes en dos edificios y una palapa, ubicada en Paseo Adolfo López Mateos, colonia Centro, Municipio de Loreto, Estado de Baja California Sur, para uso de oficinas y recreación.

Precisa que este Acuerdo únicamente confiere al Municipio de Loreto, el derecho de usar la superficie destinada al cumplimiento del objeto señalado en el artículo primero del presente instrumento, no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor del destinatario.

Además, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en cualquier momento, podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre, motivo por el cual las coordenadas de los vértices, rumbos y distancias de la poligonal que integra la superficie destinada, podrán ser modificadas.

El documento publicado establece que en caso de que el Municipio de Loreto, diera a la superficie de zona federal marítimo terrestre que se destina, un aprovechamiento distinto al previsto en este Acuerdo, sin la previa autorización de la Semarnat, o dejara de utilizarla o necesitarla, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta última.

Resalta que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente Acuerdo.

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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