Respaldo

Llama IMSS a dar cumplimiento en forma digital a las obligaciones informativas

  • El requisito principal para la utilización del SIROC es la Firma Electrónica (FIEL), emitida por el SAT.
  • Su principal objetivo es el agilizar los trámites de registro de obras de construcción

Pachuca, Hidalgo a 27 de Septiembre de 2017.- El Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC) es un aplicativo desarrollado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que permite a los patrones dedicados a actividades de construcción, dar cumplimiento en forma digital a las obligaciones informativas establecidas en la Ley del Seguro Social y sus reglamentos.

El SIROC está dirigido a patrones o sujetos obligados dedicados a la actividad de la construcción, con el objeto de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley del Seguro Social, el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización y el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.

Aime Serna Frias, supervisora de Auditoria Patrones del IMSS Hidalgo, explicó que con el SIROC se agilizarán los trámites de registro, conforme a lo establecido en el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280617/148.P.DIR, dictado por el consejo técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en la sesión ordinaria celebrada el 28 de junio de 2017.

El programa entra en operación al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que a partir del 1 de Septiembre de 2017 los sujetos obligados y patrones podrán optar por utilizar el sistema para el registro de las obras de construcción, sus fases e incidencias.

Y conforme al artículo 5o del Reglamento del Seguro Social, se encuentran obligados a registrar una obra de construcción: los propietarios de las obras de construcción, que directamente o a través de intermediarios contraten a los trabajadores que intervengan en dichas obras.

La supervisora explicó, que las personas contratadas por los propietarios, para llevar a cabo obras de construcción a precio alzado o bajo el sistema de precios unitarios, con trabajadores a su servicio, y las personas físicas o morales subcontratadas para la ejecución de parte o partes de la obra son los datos que los patrones deben registrar en el servicio integral de registro de obras de construcción.

Para finalizar, Aime Serna enfatizó que el requisito principal para registrar una obra o incidencia en el sitio web, es la Firma Electrónica (FIEL), emitida por el SAT, aunado a otros requisitos necesarios como conexión a internet y Acrobat Reader versión XI.

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