Respaldo

La STPSH verifica que empresas cumplan con el pago de reparto de utilidades

Pachuca, Hidalgo, a 24 de junio de 2015.

-No permitirá que las y los trabajadores hidalguenses no reciban este beneficio laboral.

El Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en la Entidad, Valentín Echavarría Almanza expresó, que con el objetivo de verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales en materia de Reparto de Utilidades, la Dependencia iniciará el Operativo correspondiente en 200 empresas, a partir de este 6 de julio, cuya conclusión será el 31 de agosto, se visitarán empresas de los municipios de: Pachuca, Tizayuca, Mineral de la Reforma, Tulancingo, Tula, Actopan, Tepeji del Rio, Ixmiquilpan y Tepeapulco, para vigilar que se hayan respetado los derechos laborales de las y los hidalguenses.

Indicó que durante los meses de mayo y junio de este año, los trabajadores, deben recibir Reparto de Utilidades, como un reconocimiento por la aportación de su fuerza de trabajo en las ganancias obtenidas por una empresa o patrón en el año 2014.

Valentín Echavarría subrayó, que la fecha límite para recibir dicha prestación es: 30 de mayo, si se labora para una persona moral (empresa) y 29 de junio, si se labora para una persona física con actividad empresarial por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado (patrón).

Destacó que para tener derecho a recibir Reparto de Utilidades, es necesario haber laborado por lo menos 60 días, en centros de trabajo que tengan más de un año de funcionamiento y cuyas utilidades netas asciendan como mínimo a 300 mil pesos, de acuerdo a su declaración fiscal 2014.

Dijo también, que la ley Federal del Trabajo (LFT) establece, que el trabajador que no reciba esta prestación o se le pague de manera incompleta, tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente a la fecha límite establecida (30 de mayo o 29 de junio), para reclamar el Reparto de las Utilidades.

Puntualizo, que no es aplicable el Reparto de Utilidades en el caso de: trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.

El Secretario del Trabajo señaló, que quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades, entre otras: las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento; las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios; las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia y las empresas que tengan un capital menor del que fije la STPS por ramas de la industria.

Finalizó diciendo que, las empresas que incumplan, podrán hacerse acreedoras a una multa por el equivalente que va de los 250 a los 5 mil salarios mínimos vigentes, recordando a las y los trabajadores que consideren que no recibieron el pago correspondiente o requieran alguna asesoría sobre el reparto de utilidades, pueden acercarse a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Estado de Hidalgo, con domicilio en: Boulevard Ramón G. Bonfil, #1504, Colonia Arboledas de San Javier, Pachuca Hidalgo, o comunicarse al 71 3 67 88, 71 7 60 00 Ext. 2357, 2354 y 2355 o bien, al correo electrónico: [email protected], donde se les brindará atención especializada.

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