Respaldo

Incapacidad por maternidad, derecho de las aseguradas: IMSS Hidalgo

Pachuca, Hidalgo, 27 de marzo 2015

  • El médico de la paciente será quien prescriba la incapacidad
  • Se gozará de 42 días previo al parto y 42 días después a éste

Antes y después del embarazo las trabajadoras tienen el derecho a contar con una incapacidad que les permita tener los cuidados y disfrutar de esta etapa tan importante en la vida, informó Margarita Ponce Díaz, coordinadora técnica de la Coordinación de Atención y Orientación en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Delegación Hidalgo.

Explicó que la asegurada debe consultar con el médico del IMSS y éste le prescribirá una incapacidad por 42 días antes de la fecha estimada del parto y otra incapacidad por 42 días posteriores al parto, vigilando que los datos vertidos en el documento de incapacidad sean los correctos.

Esta prestación se otorgará siempre y cuando la asegurada tenga 30 semanas cotizadas durante los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la incapacidad; además de que el embarazo y la fecha probable de parto deben ser certificados por un médico del Instituto, y no tiene que realizar trabajo remunerado durante la incapacidad prenatal y posnatal.

La trabajadora tendrá derecho al pago de un subsidio por parte del Seguro Social equivalente al 100 por ciento del salario en que estuviera cotizando en el Instituto, de no cumplir con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro.

Recalcó que si el parto se adelanta y ocurre dentro del periodo de incapacidad prenatal y la asegurada no estuvo bajo control y tratamiento médico institucional durante el embarazo, el subsidio por la incapacidad postnatal se ajustará, descontando los días que se hubiesen traslapado con la prenatal.

Para cobrar se debe acudir, a los siete días hábiles que se expidió la incapacidad, al banco que se le indicará, con: certificado de incapacidad, credencial ADIMSS, carnet o credencial del INE. Cuando por su estado de salud la asegurada no pueda presentarse a cobrar su incapacidad al banco, un familiar deberá acudir a su Unidad de Medicina Familiar (UMF) para solicitar el trámite de pago para el cobro del subsidio de la asegurada incapacitada.

La incapacidad permanecerá disponible durante 30 días en el banco para cubrir el subsidio.

En caso de que la sucursal le indique que no está disponible el pago, tendrá que acudir a la ventanilla de Prestaciones Económicas de su clínica para su aclaración correspondiente.

Finalmente, Margarita Ponce recordó que para mayor información sobre este trámite y muchos otros, los usuarios tienen a su disposición los módulos de Atención y Orientación al Derechohabiente, ubicados en las Unidades de Medicina Familiar.

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