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Gobierno de México aclara que solicitud de EU contra Rocha Moya no incluye pruebas adjuntas

Luisa María Alcalde, explicó el alcance de la solicitud de detención provisional con fines de extradición emitida por autoridades de EU en contra de Rubén Rocha Moya

En un mensaje de carácter institucional, la consejera jurídica del Gobierno de México, Luisa María Alcalde, explicó el alcance de la solicitud de detención provisional con fines de extradición emitida por autoridades de Estados Unidos en contra del gobernador con licencia de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, subrayando que este tipo de requerimientos no se presentan acompañados de pruebas.

Alcalde puntualizó que la petición realizada por Estados Unidos corresponde a un mecanismo previsto en el artículo 11 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, el cual permite solicitar una detención provisional únicamente en casos considerados urgentes, cuando existe riesgo de fuga o de obstaculización del proceso.

De acuerdo con la explicación oficial, esta solicitud se diferencia de la extradición formal, ya que la petición provisional tiene un carácter preventivo y su objetivo es asegurar la localización de la persona señalada mientras se determina si se presenta o no la documentación completa.

La consejera jurídica precisó que el requerimiento fue emitido por el Departamento de Justicia de Nueva York, y reiteró que el Gobierno de México solicitó a Estados Unidos mantener confidencialidad mientras se realizan las investigaciones correspondientes para esclarecer señalamientos relacionados con diez funcionarios mexicanos.

El Gobierno federal enfatizó que la detención provisional es un procedimiento contemplado en tratados internacionales, pero insistió en que, para avanzar hacia una extradición formal, se requiere posteriormente la entrega de información sustentada conforme a los mecanismos legales vigentes. Y esta no existe, aun no existe.

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