Hidalgo

En la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales no hay congeladora: Roxana Montealegre.

Pachuca de Soto, Hgo.; 28 de abril de 2019.- Durante la sesión ordinaria número 46 efectuada el pasado 25 de abril por la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de  Hidalgo ocurrió un hecho sin precedentes: es la primera vez que un presidente de la comisión que emitió el dictamen declara su voto en contra. Esta acción demuestra la altura democrática que se ejerce dentro de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, donde no hay ni habrá iniciativas en la congeladora; de no existir suficientes elementos jurídicos que respalden el análisis de las iniciativas, simplemente se consideran improcedentes. Evité hacer comentarios previos a la votación con otros legisladores porque en verdad valoro que el pleno tenga su consolidación como órgano de máxima decisión y que en lo individual las leyes que reformamos sean lo mejor para Hidalgo.

Los órganos colegiados debemos tener madurez política para debatir, discrepar, concordar y tomar decisiones y el pleno del Congreso representa el máximo órgano para construir las leyes que deben de hacer a México un mejor país. Cuando llega una iniciativa a las comisiones, después de haber sido presentada en pleno, los legisladores estamos obligados a analizar, estudiar y dictaminar con sustento legal; gracias a esta pluralidad de ideas y a la libertad de nuestro ejercicio se emite el dictamen correspondiente.

En la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, que me honro en presidir, se debatió abiertamente y con gran responsabilidad sobre la modificación a la Ley para la Familia de Hidalgo, para que los apellidos de los hijos se registren conforme al orden que determinen los padres.

A pesar de los beneficios expuestos por mis compañeros legisladores sobre esta modificación, mi voto en contra obedeció a que en caso de no tener un acuerdo en el orden de los apellidos, la designación se haga mediante un sorteo; una solución que me parece inapropiada. Al tomar esta decisión sólo puede provocarse una confrontación mayor entre los padres al salir uno vencedor y el otro vencido; esta medida puede resultar aún más perjudicial para el núcleo familiar. Otro grave inconveniente surge cuando sólo uno de los padres se presenta a realizar el registro del menor, porque basta con presentar una carta poder simple para definir el orden de los apellidos y es evidente que esta frágil decisión repercutirá para toda la vida.

La cuarta transformación está imprimiendo en el país un sentido de democracia renovada al ejercer con plena libertad el voto razonado y desde la LXIV legislatura refrendo mi compromiso con la ciudadanía que depositó su confianza en mí para que su voz sea escuchada desde este órgano colegiado.

 

 

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