Hidalgo

Empresas no pueden negar permiso a trabajadores para vacunarse contra COVID-19

  • Tampoco descontar el día o las horas que se ausenten para este fin.
  • Las y los trabajadores pueden solicitar los servicios de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo en https://s-trabajo.gob.mx/asesorialaboral.

Pachuca, Hgo., 22 de junio del 2021.- Las empresas no pueden negarles a sus trabajadores el permiso para vacunarse contra el COVID-19 cuando les corresponda recibir el biológico; tampoco descontar el día o las horas que se ausenten para este fin, afirmó la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), María de los Ángeles Eguiluz Tapia.

Señaló que el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo dispone que las empresas o los empleadores se encuentran obligados a cumplir las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente, puesto que en caso de que sus empleados enfermen podrían ser sujetos de responsabilidades.

Asimismo, explicó que la salud de las y los trabajadores es un asunto de interés público y por ello los empleadores tienen la obligación de otorgar los permisos correspondientes a las y los trabajadores para recibir la vacuna que los inmunice contra el virus SARS-CoV2 (COVID-19), lo que les permitirá desempeñar sus actividades en los centros de trabajo con mayor seguridad.

Para tales efectos la secretaria del trabajo reiteró que el artículo 408 de la Ley General de Salud, establece que las Autoridades Sanitarias ordenarán la vacunación de personas expuestas a contraer enfermedades transmisibles o epidemia grave, tal y como lo es el COVID 19.

De esta manera las y los trabajadores que les corresponda acudir a recibir la vacuna, podrán justificar su ausencia con el comprobante de registro de vacunación o de la cita para recibir el biológico, por tal motivo, en caso de que los patrones nieguen dicho permiso, entonces se estarían incumpliendo normas de seguridad e higiene, así como la violación del derecho a la salud contenido en el artículo cuarto constitucional.

Los descuentos a los salarios de los trabajadores están prohibidos salvo por las causas previstas en el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo; por lo que los patrones no deben descontar el día a los trabajadores que acudan a vacunarse, ni obligarlos a reponer las horas que estén fuera del trabajo, subrayó Eguiluz Tapia.

Si un patrón o empresa niega el permiso para acudir a la vacunación de acuerdo al esquema establecido o se les descuenta el día, pueden solicitar los servicios de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, en la página https://s-trabajo.gob.mx/asesorialaboral o llamar al teléfono 771 713 67 88 donde se les dará asesoría gratuita en un horario de 8:30 a 14:30 horas de lunes a viernes.

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