Diputados declaran reforma constitucional en materia de feminicidio
- Congreso de la Unión podrá expedir ley general para homologar sanciones y protocolos en todo el país
Ciudad de México, 28 de abril del 2026.- La Cámara de Diputados emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de feminicidio, con lo que se faculta al Congreso de la Unión a expedir una ley general para prevenir, investigar y sancionar este delito.
El trámite se concretó luego de que 27 congresos estatales avalaron la enmienda, aprobada previamente por ambas cámaras del Poder Legislativo. La Secretaría de la Mesa Directiva dio a conocer el cómputo de los votos en una sesión que se desarrolló en pocos minutos.
Con la modificación a la fracción XXI, inciso A del artículo 73, el Congreso contará con atribuciones para establecer un marco normativo homologado a nivel nacional, que incluya protocolos de actuación y sanciones uniformes frente al delito de feminicidio.
El decreto fue remitido al Senado de la República para la continuación del proceso legislativo correspondiente.
En los artículos transitorios se establece que el Congreso deberá expedir la legislación secundaria en un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor de la reforma, la cual ocurrirá tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Asimismo, se precisa que las disposiciones federales y estatales vigentes en la materia continuarán aplicándose hasta que entre en vigor la nueva ley general que emita el Congreso de la Unión.
