Hidalgo

Diputada Jajaira Aceves propone iniciativa para modificar código penal en Hidalgo respecto a linchamientos.

** De 4 a 9 años de prisión a quienes participen en linchamientos.

Pachuca, Hgo., 07 de mayo del 2019.- La Diputada Local de Encuentro Social, Jajaira Aceves Calva subió a tribuna durante la sesión ordinaria de la sexagésima cuarta legislatura para presentar una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el capítulo III de las disposiciones comunes para los delitos de homicidio y lesiones del código penal del Estado de Hidalgo.

En su exposición de motivos, Jajaira Aceves afirmó que le lastima la afectación a la sociedad con crímenes que la laceran, sin embargo, como legisladora afirmó que no puede dejar de estar siempre del lado de la ley.

“No me puedo quedar cerrando los ojos ante esta problemática, razón por la que propongo que en Hidalgo regulemos de manera específica en el caso de homicidios tumultuarios o lesiones de la misma naturaleza, para que la representación social no tenga pretextos para la impunidad que se está generando”, apuntó.

La iniciativa propuesta por la diputada del PESH, tiene como objetivo adicionar al capítulo III los artículos 146 bis, 146 ter y 146 quater; del código penal para el Estado de Hidalgo quedando como sigue:

CAPITULO III

DISPOSICIONES COMUNES PARA LOS DELITOS DE HOMICIDIO Y LESIONES.

Artículo 146 bis. – Las lesiones o el homicidio son tumultuarios cuando en su comisión intervienen tres o más personas, sin concierto previo para cometerlos y obrando debido a un impulso de momento, espontaneo y provocado por las circunstancias inmediatamente anteriores a este.

Artículo 146 ter. – En el supuesto de lesiones tumultuarias, previsto por el artículo anterior, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I.- A cada uno de los responsables se les aplicaran las sanciones que procedan por las lesiones que conste hubieren cometido;

II.- Si no constare quien o quienes infirieron las lesiones, se impondrá́ a todos los autores hasta nueve años de prisión.

Artículo 146 quater. – En el caso de homicidio tumultuario, se observarán los siguientes preceptos:

I.- Si la víctima recibiere una o varias lesiones mortales y constare quien o quienes las infirieron, se aplicarán a estos o a aquel, las sanciones correspondientes al homicidio simple;

II.- Si la víctima recibiere una o varias lesiones mortales y no constare quien o quienes fueron los responsables, se impondrá́ a todos de seis a doce años de prisión;

III.- Cuando las lesiones sean unas mortales y otras no y se ignorare quienes infirieron las primeras, se impondrá́ prisión de cinco a nueve años a todos los que hubieren atacado al occiso, excepto a quienes justifiquen haber inferido solo las segundas, a quienes se aplicaran las sanciones que correspondan por dichas lesiones;

IV.- Cuando las lesiones solo fueren mortales por su número y no se pueda determinar quiénes las infirieron, se impondrán de cuatro a nueve años de prisión a todos los que hubieren atacado al occiso con armas a propósito para causarle esas lesiones.

Estas conductas constituyen un importante obstáculo para la impartición de justicia en Hidalgo, poniendo en riesgo los principios de convivencia pacífica, por ello, es urgente y necesario hacer frente a los delitos causados por linchamientos a través del reforzamiento del marco jurídico y penal, además de brindar información hacia la sociedad sobre las consecuencias de participar en los linchamientos.

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