Hidalgo

Da Congreso acceso a iniciativa en materia de alumbrado público para San Agustín Tlaxiaca.

Pachuca, Hgo., a 2 de mayo de 2019.

  • Documento busca permitir incluir los elementos que, con el afán de generar un proceso competitivo y flexible.
  • El alumbrado público es fundamental para la seguridad de la comunidad, ya que puede inhibir la comisión de delitos.

El Congreso de Hidalgo da acceso a iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Artículo Séptimo al Decreto 217 publicado en el Periódico Oficial estatal, publicado el 02 de octubre de 2017, donde se autoriza al municipio de San Agustín Tlaxiaca, celebrar Contrato de Asociación Público Privada en la Modalidad de Apoyo a la Prestación de Servicios de Alumbrado Público Municipal.

Lo anterior, a propuesta de la Diputada del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social, Viridiana Jajaira Aceves Calva, permitirá incluir los elementos que, con el afán de generar un proceso competitivo y flexible, no fueron precisados en el Decreto en comento, permitiendo al Municipio continuar con el proceso de inscripción en el Registro de referencia.

Por ello, la adición del Artículo Séptimo tendrá el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 26 del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.

En ese sentido, la propuesta señala que el monto autorizado es para una contraprestación mensual de $240,000.00 (doscientos cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), más el IVA. Dicha contraprestación se incrementará en 2.5% al inicio de cada ejercicio fiscal, pero no se realizará dicho incremento para el ejercicio fiscal 2018, si el contrato respectivo se formaliza en el ejercicio fiscal 2017.

El plazo máximo autorizado al Municipio de San Agustín Tlaxiaca para la ejecución del proyecto es de 12 años. Sin perjuicio de lo anterior, y para efectos de expresar dicho plazo en meses o en días, dicho periodo se entenderá equivalente hasta por 144 meses y, a su vez, equivalente hasta por 4,400 días naturales.

Además, el destino de la obligación es la sustitución de 2,609 luminarias y la colocación de 120 nuevas luminarias, para totalizar la cantidad de 2,729 luminarias, así como los servicios de mantenimiento y conservación de las mismas, y en el marco del proyecto denominado Proyecto para la Eficientización del Sistema de Alumbrado Público del Municipio de San Agustín Tlaxiaca.

También, como fuente de pago de las contraprestaciones derivadas de la Asociación Público Privada el Municipio podrá utilizar ingresos de libre disposición, entendidos estos como los derivados de sus potestades tributarias (impuestos, derechos, productos y aprovechamientos municipales) y los derivados de Participaciones Federales del Ramo 28, y de conformidad con lo estipulado en la Fracción XIX, del Artículo 2, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios.

Asimismo, para garantizar dicho pago, podrá solicitar a la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo la afectación de las Participaciones Federales del Ramo 28, mediante la celebración de un Contrato de Mandato Irrevocable, pudiendo establecer, adicionalmente, que dicha afectación se opere a través de un Fideicomiso de Garantía.

Por lo anterior expuesto, el texto de iniciativa presentado por el municipio de San Agustín Tlaxiaca, señala que los municipios están obligados a prestar el servicio de alumbrado público, de acuerdo con lo que mandata el artículo 115, fracción III, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La prestación del servicio público de alumbrado tiene diversas implicaciones en la implementación de los Planes Estatal y Nacional de Desarrollo. “No solo por las directrices que en dichos Planes se establecen en forma directa sobre el alumbrado público, sino por su injerencia en otros aspectos del desarrollo como el ambiental y el económico, además de sus implicaciones en una de las demandas más sentidas del pueblo mexicano: la seguridad pública”, indica el documento.

Aunado a lo anterior, es importante señalar que el alumbrado público es fundamental para la seguridad de la comunidad, ya que puede inhibir la comisión de delitos.

Si bien las investigaciones en cuanto a los efectos de un mejor alumbrado público sobre la tasa de criminalidad todavía no son definitivas, un análisis realizado con ocho estudios diferentes en los barrios altos de Pachuca reveló que el mejorar el alumbrado en las calles, ya fuera aumentando la cantidad o la intensidad, reducía la criminalidad en un promedio de 7%.

Otro aspecto importante por considerar es el impacto que en el desarrollo económico tiene la prestación de un servicio de alumbrado público adecuado.

Por una parte, promueve la operación nocturna de negocios, lo cual incentiva al desarrollo de las empresas ya establecidas, además de convertirse en un coadyuvante para la atracción de nuevas inversiones.

 

 

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