Con modificación a NOM, STPS fortalecerá seguridad laboral en minas de carbón en beneficio de 4 mil 500 trabajadores y trabajadoras
Ciudad de México 6 de marzo de 2026.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informa que se llevó a cabo, en modalidad virtual, la Primera Sesión Extraordinaria de 2026 del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, órgano tripartito encargado de la elaboración y actualización de las Normas Oficiales Mexicanas en la materia, en la que fue aprobado el Anteproyecto de modificación de la NOM-032-STPS-2008, Seguridad para minas subterráneas de carbón, para su tránsito formal a Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-032-STPS-2026.
Este avance representa un paso sustantivo en el fortalecimiento de las condiciones de seguridad en la minería del carbón en México, y constituye una acción concreta del Estado mexicano para reforzar la cultura de la prevención en uno de los sectores de mayor riesgo laboral.
El Proyecto aprobado es resultado del trabajo técnico desarrollado desde mayo de 2025 por un Grupo de Trabajo que sesionó en once ocasiones, con la participación de representantes del sector productivo, instituciones públicas, academia y especialistas, bajo la coordinación de la STPS, reflejando el compromiso del diálogo social tripartito como herramienta para mejorar las condiciones laborales.
La propuesta normativa incorpora disposiciones que elevan de manera sustancial los estándares de seguridad en las minas subterráneas de carbón. Entre ellas destacan el establecimiento de alturas mínimas en galerías no menores a 1.8 metros y distancias horizontales de al menos 2.5 metros, con el fin de que las personas trabajadoras puedan realizar sus actividades en condiciones estructurales más seguras; la regulación de distancias entre lumbreras y requisitos técnicos para ventilación forzada que garanticen niveles adecuados de oxígeno respirable; así como parámetros técnicos sobre inclinaciones máximas de rampas, tiros verticales y condiciones de fortificación.
Asimismo, se establece la obligación de contar con sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo específicos para minería subterránea, con personal certificado responsable, la implementación de refugios de salvamento con autonomía mínima para emergencias y la notificación obligatoria del inicio y término de operaciones ante la STPS.
