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CNDH gira recomendación a Guardia Nacional por uso desproporcionado de la fuerza contra 12 migrantes en 2021

  • Determinan que en Chiapas 5 elementos hicieron uso ilegítimo y desproporcionado de la fuerza contra los migrantes, entre ellos tres menores

Ciudad de México, 11 de agosto del 2023.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y a la Guardia Nacional (GN) por el uso desproporcionado de la fuerza contra 12 migrantes, entre los que se encontraban tres menores de 18 años que causó la muerte de una persona en contexto de movilidad.

La investigación realizada por la Comisión Nacional determinó que cinco elementos de la GN hicieron uso ilegítimo y desproporcionado de la fuerza, que derivó en la violación al derecho humano a la integridad personal de trece víctimas, una de ellas en periodo de gestación, tres que son menores de 18 años, y cinco que resultaron heridas por arma de fuego. Y se corroboró también la violación al derecho a la vida, en contra de una persona que lamentablemente falleció a causa de las heridas infligidas.

A través de un comunicado, el organismo que encabeza Rosario Piedra Ibarra expuso que la queja fue presentada el 1 de noviembre de 2021, y en ella se refieren hechos ocurridos un día antes a un grupo de personas que formaban parte de la caravana denominada “Por la Libertad, la Dignidad y la Paz” que salió de Tapachula, Chiapas, el 23 de octubre de ese mismo año.

Se detalla que, el grupo de trece personas se adelantó a la caravana para obtener alimentos, agua y lugar de descanso, pero en el tramo carretero Echegaray-Las Margaritas, del ejido Salto del Agua en el municipio de Pijijiapan, Chiapas, fueron encontrados por otro vehículo, desde el que fueron agredidos con disparos de armas de fuego, que provenían de elementos de la Guardia Nacional.

Las evidencias de la CNDH determinaron que en el momento en el que la GN hizo un llamado al vehículo donde viajaban las víctimas para que detuviera su marcha, la persona que conducía opuso resistencia pasiva, sin que se acreditara que los tripulantes recurrieron a resistencia de alta peligrosidad en la que se emplea violencia, amago o amenaza con armas de fuego, por lo que las cinco personas servidoras públicas señaladas como responsables, debieron abstenerse de emplear sus armas de cargo, dado que no representaba una amenaza o peligro real en contra de los propios agentes ni de terceros.

“Los agentes de la GN omitieron ponderar el uso de sus armas, a efecto de reducir al mínimo los daños que de ello pudiera resultar, ya que, al hacer uso de la fuerza letal, además de privar de la vida a una de las personas, causaron alteraciones a la integridad personal de al menos cuatro de ellas al infligirles heridas con armas de fuego, y ocasionaron sufrimientos físicos y psicológicos severos a todas las personas que se encontraban en el vehículo agredido, sin soslayar que pusieron en grave peligro la integridad personal de tres menores de 18 años, atentando en contra del interés superior de la niñez”, expuso la CNDH.

Dijo que con su actuar, las personas señaladas como responsables, transgredieron los principios básicos sobre el Empleo de la Fuerza y Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, su código de conducta, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y la Ley de la Guardia Nacional que regula el uso de la fuerza por parte de sus elementos, y establece que, antes de recurrir al uso de la fuerza pública, específicamente la letal, se debe utilizar en la medida de lo posible medios no violentos y que únicamente se puede implementar, cuando sea estrictamente necesario o inevitable, y con la finalidad de proteger la vida y la integridad de las personas, incluidas las de ellos.

La CNDH solicitó a la SSPC que bajo su adscripción se supervise el cumplimiento de los puntos recomendatorios dirigidos a la GN, y designe a una persona servidora pública de alto nivel en su organigrama institucional vigente para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación.

También pidió a la GN que colabore con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), y se proceda a la inmediata reparación del daño ocasionado, que deberá incluir las medidas de compensación previstas en la ley, y deberán proveerles por parte de personal profesional especializado y de forma continua, de la atención médica, psicológica o tanatológica, que, en cada caso, resulte conveniente, incluida la provisión gratuita de medicamentos, si se requieren.

Con información de: https://www.eluniversal.com.mx/

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