Economia

Frida Kahlo en disputa: niegan uso de su nombre a marca mexicana

Ciudad de México, 21 de agosto del 2025.- El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) rechazó una solicitud para utilizar el nombre de la pintora mexicana Frida Kahlo en una marca y un logotipo, en lo que es la más reciente disputa por la imagen de la artista plástica más importante del país.

De acuerdo con el expediente 2755643, en mayo de 2022 Alejandro Martínez Araiza, líder del Sindicato Nacional Alimenticio y del Comercio (SNAC), solicitó al organismo por conducto de un despacho de abogados el registro de la marca Casa Frida en la clase internacional 35, para identificar a una empresa de gestión de oficinas de negocios para terceros.

La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial obliga la publicación de las solicitudes para recibir oposiciones al registro, en caso de que existan. Lo anterior permitió a la firma panameña Frida Kahlo Corporation (FKC) interponer un reclamo, para que el IMPI negara el registro de marca.

Según el alegato elaborado por Roberto Arochi Escalante, del despacho de abogados Arochi & Lindner, la marca y signos que Martínez Araiza buscó registrar son semejantes a los registrados por FKC.

Arochi & Lindner explica en el documento que la marca Casa Frida puede crear confusión o un riesgo de asociación con la marca notoriamente conocida, es decir, Frida Kahlo.

Aunado a ello, el despacho de abogados argumentó que se corre el riesgo de que el registro constituya un aprovechamiento no autorizado por el titular de la marca, que es considerada famosa, así como causar desprestigio y diluir el carácter distintivo de la marca, pues el logotipo utilizado es un diseño semejante a la escritura de F y la K de la pintora.

En la misma oposición entregada al IMPI, Arochi Escalante explica que FKC es la única titular de diversos registros de marca concedidos por el organismo bajo la denominación del nombre de la pintora mexicana, así como variantes de ésta, pero siempre remitiendo a la famosa artista y su entorno cultural, artístico y social.

Lo anterior implica que la empresa FKC puede explotar la imagen gráfica asociada a Kahlo, como es su silueta, el diseño de sus cejas y labios, la grafía de su escritura (su nombre e iniciales), el nombre en sí mismo (con y sin el apellido), Viva la Frida, Pasión por la Vida, Casa Kahlo, entre otros.

La firma panameña ha registrado ante el IMPI toda clase de usos que pueda darse al nombre de la artista, como bebidas alcohólicas, prendas de vestir, calzado, sombrerería, servicios de preparación de alimentos y bebidas, alojamiento, muebles, juegos y juguetes, utensilios y recipientes, papel, cartón, metales preciosos, aparatos científicos y tabaco, entre otros.

La Jornada solicitó hablar del asunto con Martínez Araiza, pero no se recibió una respuesta por parte del líder del SNAC. No obstante, la abogada Marisol Bonilla, quien hizo las gestiones para registrar Casa Frida ante el IMPI, señaló a esta casa editorial que la solicitud fue rechazada.

Disputas

Este caso es la única disputa por utilizar el nombre, concepto y signos distintivos de la pintora, cuyo nombre completo era Magdalena Carmen Frida Kahlo y Calderón.

En 2018, la firma estadunidense Mattel puso en venta una edición especial de la muñeca Barbie con la imagen de la artista plástica nacida en julio de 1907.

El producto fue retirado del mercado debido a que Mara de Anda y Mara Cristina Romeo Pinedo, nieta e hija de Isolda Pinedo Kahlo, esta última hija de Cristina Kahlo, hermana de la pintora, interpusieron un recurso legal para evitar la venta de la muñeca en el país.

La figura diseñada por Kelley Lindberg mostraba facciones afiladas, sin vello facial, entrecejo poco abundante, labios gruesos pintados de rojo, brazos extremadamente delgados, así como una vestimenta similar a la que usaba la artista plástica.

En diciembre de 2021, un juzgado de la Ciudad de México determinó que FKC era la única propietaria exclusiva de la marca Frida Kahlo, por lo que Romeo Pinedo perdió el litigio iniciado por la comercialización de la muñeca.

Incluso, otro juez resolvió el embargo de las propiedades de Romeo Pinedo y de Anda Romeo, debido a que la firma inició un proceso por daños y perjuicios por la prohibición de la muñeca.

FKC tiene los derechos de propiedad intelectual de Frida Kahlo debido a que Isolda Pinedo, sobrina de la pintora, vendió los derechos a la empresa fundada en Panamá en 2004. De acuerdo con una resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo), el empresario venezolano Carlos Dorado y su esposa –quienes no aportaron capital– mantienen 51 por ciento de la sociedad de FKC, a través de una sociedad venezolana llamada Casablanca. No obstante, las acciones aparecieron a nombre de Bordersee, una sociedad radicada en las Islas Vírgenes, conocidas por ofrecer ventajas fiscales.

En trámite

Santiago Nieto Castillo, director general del IMPI, señaló en entrevista con La Jornada que aún no es posible pronunciarse respecto a quiénes son los titulares de los derechos de autor de la obra de la pintora, pues existen litigios con los que se busca resolver las disputas.

“Se encuentran en este momento varios procedimientos en trámite en el IMPI. Necesitamos que se vayan desahogando porque hay más de 38 solicitudes de marca de relaciones con Frida Kahlo que se han presentado y cuando nos llegan solicitudes de alguien que no tiene ningún derecho, como el caso de Alejandro Martínez, van a ser negadas mientras no compruebe el cambio de situación jurídica, no compruebe que se le hayan licenciado las obras o que se haya generado algún tipo de cesión por parte de los titulares de los derechos”, señaló.

Explicó que efectivamente, el líder del SNAC intentó hacer el registro de Casa Frida, pero el IMPI rechazó la solicitud porque de acuerdo con la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial era “clarísimo” que generaría confusión en el consumidor.

El titular de la IMPI explicó que el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) y el organismo de propiedad intelectual tienen registros de los derechos de ciertas obras que pertenecen a Banamex, a la familia de la artista plástica y a un tercer bloque conformado con toda la producción que quedó en manos de Dolores Olmedo, el cual está en manos de CIBanco y FKC.

Comentó que debido a que existen litigios entre estos tres bloques, no es posible hacer un pronunciamiento hasta que se resuelvan esos procedimientos contenciosos administrativos que se están ventilando.

Nieto Castillo confirmó que la Euipo hizo un pronunciamiento de fondo sobre el tema, pero el IMPI tiene que desahogar los procedimientos porque muchos están encontrados unos de otros.

Acotó que el organismo de la UE “resolvió que los familiares tenían derecho respecto de las obras de la pintora”. Además, en México existe “una discusión al respecto si tenemos que dividir la obra como tal a su explotación comercial, porque alguien puede ser propietario de la obra, pero en general el concepto, el estilo personal de Frida Kahlo podría tener un valor reservado como por derechos de autor”.

Recordó que los derechos de autor prevalecen en el tiempo durante 100 años, mientras las marcas solamente prevalecen durante 10 años con la posibilidad de que se vayan renovando de manera periódica. “Muchas de las obras a las que nos estamos refiriendo tienen una reserva, que es un mecanismo de protección que genera el Indautor, de manera diferenciada”, dijo.

Destacó que el IMPI está “trabajando en la ruta de los criterios que se han generado en el ámbito internacional”.

Según los argumentos de la familia de la pintora, que se incluyen en la resolución de la Euipo, FKC incumplió con lo convenido desde 2009, incluyendo el registro de marcas adicionales.

Con información de: https://www.jornada.com.mx/

Botón volver arriba