Hidalgo

Aprueba Congreso dictamen para sancionar a diputados faltistas a sesiones de pleno y comisiones

Pachuca, Hgo., a 2 de julio de 2019.

  • Avala reforma el artículo 40 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.
  • Documento señala que, si bien se considera una mayor flexibilidad en el tema de las ausencias, por lo que basta con que se dé aviso previo para justificar la inasistencia.

El Congreso aprobó con 26 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones el dictamen que avala la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, para que a los diputados que falten a sesión del Pleno o de comisión, no perciban la dieta correspondiente al día de su inasistencia.

El dictamen señala que la presente reforma establece que la misma sanción sea aplicable en caso de faltas injustificadas a las sesiones de las cuales cada diputada o diputado forme parte, si bien se considera una mayor flexibilidad en el tema de las ausencias, por lo que basta con que se dé aviso previo para justificar la inasistencia.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas, establece que los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.

Lo anterior, debe regirse por diversas directrices como actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.

Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones, a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades.

Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones.

En ese sentido, el texto expone que los congresos, son instituciones que deben procurar una cultura parlamentaria basada en la democracia, que abone al debate político y a una política de excelencia, que busquen la agilidad, flexibilidad y equilibrio en la labor de los legisladores.

Por lo tanto, el trabajo legislativo debe ser profesional, y con independencia de los compromisos o formaciones políticas, se debe actuar de manera neutra y objetiva, para responder a los desafíos socio-económicos y culturales, de una manera más diligente y dinámica.

En tiempo de cambios, donde la ciudadanía exige que quienes los representen en el gobierno, desarrollen sus funciones de manera eficiente y apegada a la legalidad.

Por ello, se busca fortalecer las acciones que permitan modificar el estereotipo que se tiene de que los diputados asisten a las sesiones a ocupar una curul y una representación, sin ser productivos y socialmente útiles, y, además, que no atienden en tiempo y forma las propuestas de ley tendientes a mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos.

Además, es necesario fomentar el compromiso de asistir puntualmente no solo a las sesiones del pleno como un acto de protocolo o visible ante los medios de comunicación, sino también a las sesiones de Comisión, que es en donde se desarrollan todos los trabajos de estudio, análisis y propuesta de resolución de los asuntos que son turnados y de los cuales, ante el Pleno, únicamente se somete a consideración, su resolutivo final para discusión y en su caso, aprobación.

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