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Análisis | Por: Pedro Luis Noble Monterrubio | La cultura de la voluntad anticipada

La disposición de voluntad anticipada es el acto jurídico, de declaración unilateral de voluntad, a través del cual una persona, encontrándose en una situación de enfermedad terminal o previendo esta situación, expresa su voluntad de manera anticipada, sobre lo que desea para sí en relación con el o los tratamientos y cuidados de salud respectivos, ya sea en formato oficial ante el personal de salud o en una Escritura de Voluntad Anticipada, otorgada ante Notario.

A través de la declaración de Voluntad Anticipada, se asegura que los pacientes en situación terminal sean tratados como seres humanos vivos hasta el final de sus días; que se respete la voluntad del paciente; que se respete su dignidad como persona. La ley busca darle un trato humano en todo momento y respetar la la voluntad de la persona para que en caso de enfermedad terminal disminuya el sufrimiento y se le garantice una muerte natural en condiciones dignas.

En Mexico y en Hidalgo tenemos las legislaciones en esa materia que garantizan calidad de vida digna. Las leyes de voluntad anticipada señalan elementos para considerar que una persona se encuentra en etapa terminal: Presencia de una enfermedad avanzada, progresiva, incurable. La falta de posibilidades razonables de respuesta al tratamiento específico. La presencia

Hola de numerosos problemas o síntomas intensos, múltiples, multifactoriales y cambiantes. Igualmente que se esté experimentando impacto emocional en paciente, familia y equipo terapéutico, muy relacionado con la presencia, explícita o no, de la muerte y con pronóstico de vida inferior a 6 meses.

El Colegio de Notarios del Estado de Hidalgo y la Secretaría de Salud firmaron un convenio de colaboración para fomentar la cultura de la voluntad anticipada, promover entre la población hidalguenses la asesoría y atención para la tramitación y el otorgamiento del instrumento notarial de voluntad anticipada o la manifestación de dicha voluntad por medio del formato expresamente autorizado por la Secretaría de Salud. El costo de la escritura de voluntad anticipada para las personas de 18 a 59 años de edad será de 950 pesos y para las persona mayores de 60 años sea de 750 pesos, convenio que estará vigente hasta el 31 de diciembre de este 2023.

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