Nacionales

Admiten amparo de Zerón contra captura por tortura

Ciudad de México, 15 de mayo del 2021.- Un juzgado federal admitió el amparo de Tomás Zerón de Lucio, ex jefe de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), contra la orden de aprehensión por la presunta tortura a Felipe Rodríguez Salgado «El Cepillo», operador del grupo criminal «Guerreros Unidos» e implicado en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

El Juzgado Quinto de Distrito en Amparo de la Ciudad de México admitió a trámite la demanda, aunque desechó de entrada el reclamo del ex mando policiaco para frenar el trámite para obtener una orden extradición, según el fallo consultado.

El 23 de abril pasado, un juez de control federal en esta capital ordenó la aprehensión del ex funcionario por los delitos de desaparición forzada de personas, tortura y coalición de servidores públicos, según informó la Fiscalía General de la República (FGR).

En el caso de la orden de captura, Gustavo Iván Pardo Monter, secretario del juzgado de amparo, acordó conceder una suspensión provisional a Zerón que no le significa un beneficio concreto, pues los amparos no pueden suspender aprehensiones por delitos con prisión preventiva de oficio, como lo es la tortura.

El único efecto de esa suspensión es que, si le ejecutan la orden de aprehensión, la libertad del quejoso quedará a disposición del juzgado de amparo y, al mismo tiempo, será llevado ante el juez responsable de su proceso para una audiencia de imputación.

A pesar de que se encuentra en Israel, un país con el que México no tiene suscrito un tratado de extradición y donde además el ex mando policiaco ha solicitado asilo político, Zerón pidió en su amparo la protección contra una orden de extradición.

El secretario Pardo Monter, según el resolutivo, desechó la demanda contra este aspecto específico -incluida la solicitud de colaboración internacional para ejecutarle la orden de captura-, porque estimó que el trámite no le ocasiona ninguna afectación.

Según el fallo, las instituciones mexicanas no le ocasionan ningún perjuicio por el hecho de tramitar su extradición, porque al final son las autoridades extranjeras las que determinan si es procedente la entrega de la persona buscada y no tienen la obligación de extraditarla.

«La solicitud formal de extradición no produce por sí misma afectación alguna a los quejosos en su interés jurídico, dado que se trata de la petición del Gobierno mexicano para la extradición del disconforme, que si bien forma parte del procedimiento de extradición, no vincula la determinación de entrega por parte del gobierno extranjero», señala la resolución.

Sobre este aspecto, Zerón tiene la oportunidad de presentar un recurso de queja para que su demanda sea admitida contra la extradición.

El juzgado acordó celebrar el próximo 22 de junio la audiencia constitucional, el último requisito para que pueda dictar la sentencia definitiva del amparo en esta instancia.

Para el ex jefe de la AIC, esta última es la quinta orden de aprehensión en su contra y se basa en un video que circuló en redes sociales, sobre un interrogatorio practicado en el 2015 a «El Cepillo».

En las imágenes, el presunto sicario aparece sentado, esposado y encapuchado; a Zerón le imputan amenazarlo y amedrentarlo para que cooperara con las indagatorias sobre la desaparición de los 43 normalistas.

Con información de: https://www.reforma.com/
Botón volver arriba