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SCJN invalida sanciones electorales de Chihuahua por falta de responsabilidad individual

La resolución también ordenó al Congreso de Chihuahua armonizar su legislación con la Constitución en materia de injerencia extranjera en los procesos electorales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó diversas disposiciones de la reforma electoral de Chihuahua al considerar que algunas sanciones no permitían determinar de manera individual la responsabilidad de las candidaturas.

Entre las normas anuladas estaba la posibilidad de perder o cancelar el registro de aspirantes presuntamente relacionados con delincuencia organizada, así como de quienes obtuvieran beneficios de actos de violencia, intimidación, coacción o influencia indebida cometidos por terceros.

El criterio de la Corte establece que una candidatura no puede ser sancionada automáticamente por actos realizados por otras personas. Para imponer una consecuencia electoral debe acreditarse la responsabilidad concreta de quien será sancionado y que la medida sea proporcional a su conducta.

El Pleno también invalidó una disposición que reservaba el 2 por ciento de las regidurías para personas con discapacidad y de la diversidad sexual, al considerar que la norma no definía adecuadamente cómo debía aplicarse la cuota entre ambos grupos.

La resolución también ordenó al Congreso de Chihuahua armonizar su legislación con la Constitución en materia de injerencia extranjera en los procesos electorales.

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