CRT descarta censura con nuevos lineamientos para las audiencias
- El organismo aprobó las disposiciones que establecen mecanismos para presentar y atender quejas; Norma Solano subraya que los medios conservarán la responsabilidad sobre sus contenidos y decisiones editoriales
Ciudad de México, 26 de agosto del 2026.- El pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los nuevos Lineamientos generales para la protección de los derechos de las audiencias, cuyo propósito es establecer reglas y procedimientos para garantizar que radioescuchas y televidentes puedan ejercer sus derechos ante los medios de comunicación.
Al informar sobre la aprobación, la comisionada presidenta de la CRT, Norma Solano Rodríguez, sostuvo que las disposiciones no conceden al organismo facultades para ejercer censura ni para intervenir en la definición de los contenidos que difunden los medios.
La funcionaria afirmó que la Comisión no podrá retirar, modificar ni ordenar contenidos, y tampoco determinará cuáles noticias son verdaderas o falsas. Señaló que las decisiones editoriales, así como los programas y materiales que se transmiten, corresponden exclusivamente a los medios, de acuerdo con sus principios, valores y criterios.
Explicó que la función de la CRT será garantizar que exista y se cumpla un procedimiento para que las audiencias puedan presentar inconformidades y recibir una respuesta.
Los lineamientos están dirigidos a las concesionarias de televisión abierta y radio, los servicios de televisión y audio de paga, así como a las empresas programadoras.
Audiencias tendrán una vía formal de atención
Solano Rodríguez explicó que las nuevas disposiciones incluyen un catálogo de derechos con el propósito de que las audiencias conozcan las herramientas jurídicas con las que cuentan.
Uno de los principales objetivos será fortalecer la comunicación entre las personas y los medios que deciden escuchar o ver, mediante la figura de la persona defensora de las audiencias.
A través de este mecanismo, las personas podrán presentar quejas, expresar inconformidades e interactuar con el medio, que deberá establecer una vía para recibirlas y emitir una respuesta.
La presidenta de la CRT puntualizó que la intervención del organismo regulador sólo procederá cuando una audiencia solicite su participación debido al incumplimiento del procedimiento establecido para atender una queja.
Entre los casos previstos se encuentra que un medio no entregue el informe requerido por la defensoría de las audiencias o no realice una rectificación o corrección después de que ésta haya emitido una recomendación.
Sin embargo, aclaró que la CRT no determinará el contenido de la respuesta que deba ofrecer el medio, ya que ésta corresponderá a sus propios principios, valores y criterios editoriales.
“Lo que tutelan estos lineamientos” es que las quejas puedan ser atendidas y que exista certeza sobre el procedimiento para ejercer ese derecho, sostuvo.
Participación ciudadana en la consulta
La comisionada presidenta destacó que los derechos de las audiencias no son una disposición creada recientemente, pues están contemplados en la Constitución y en la legislación vigente en materia de telecomunicaciones.
Informó que durante la consulta pública realizada entre el 27 de julio y el 21 de agosto de 2026 se registraron 8 mil 89 participaciones.
De ese total, alrededor de 5.3 por ciento correspondieron a propuestas puntuales y concretas, mientras que el resto fueron opiniones y planteamientos generales.
Con la aprobación de los lineamientos, la CRT busca establecer un procedimiento definido para el ejercicio de los derechos de las audiencias, sin trasladar al órgano regulador atribuciones sobre los contenidos ni sobre la línea editorial de los medios de comunicación.
