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Ayotzinapa llega de nuevo a la Corte por amparo concedido a un militar

  • El máximo tribunal analizará un recurso que podría fortalecer la participación de las víctimas indirectas en procesos de desaparición forzada y revisar el beneficio concedido a un sargento vinculado con el Caso Iguala.

Ciudad de México, 05 de julio del 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el próximo martes un recurso promovido por familiares de los 43 estudiantes de Ayotzinapa desaparecidos en septiembre de 2014, con el que buscarán revertir el beneficio judicial que permitió a un militar presuntamente relacionado con el Caso Iguala continuar su proceso penal en libertad.

El asunto permitirá al máximo tribunal del país pronunciarse sobre el alcance de los derechos procesales de las víctimas indirectas de desaparición forzada, particularmente si deben ser reconocidas como parte interesada dentro de un juicio de amparo para intervenir en el procedimiento, presentar argumentos e impugnar resoluciones que favorezcan a personas imputadas por este tipo de delitos.

El caso involucra al sargento Santiago Muñoz Pilo, quien obtuvo una suspensión definitiva contra el auto de formal prisión dictado en su contra por el delito de desaparición forzada. Posteriormente, en junio de 2024, un órgano jurisdiccional le concedió el beneficio de enfrentar su proceso penal en libertad.

De acuerdo con la lista de asuntos de la Suprema Corte, el Pleno analizará la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción (SEFA) 222/2026, planteada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, con sede en Toluca, Estado de México.

El tribunal solicitó la intervención de la Corte para definir criterios sobre la aplicación de la jurisprudencia en casos de delitos de lesa humanidad, particularmente desaparición forzada, y determinar si las víctimas indirectas cuentan con mecanismos efectivos para acceder a la justicia y remover los obstáculos que limitan su participación en este tipo de procedimientos.

La controversia deriva del juicio de amparo promovido por Muñoz Pilo, dentro del cual los familiares de los normalistas interpusieron un recurso de revisión. En ese contexto, la Suprema Corte deberá resolver si las víctimas indirectas tienen derecho a ser reconocidas, notificadas y emplazadas para intervenir cuando se analicen suspensiones o resoluciones dentro de juicios de amparo que puedan incidir en la situación jurídica de los imputados.

La resolución que emita la SCJN podría sentar un precedente sobre la participación de las víctimas en procesos relacionados con desaparición forzada y otros delitos considerados de lesa humanidad.

 

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