TEPJF rechaza impugnaciones y respalda reglas del INE para nuevos partidos
Confirma nulidad de asambleas por dobles afiliaciones y niega retiro de espot de Morena; organizaciones enfrentan etapa decisiva
Ciudad de México, 09 de abril del 2026.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió mantener la validez de las reglas aplicadas por el Instituto Nacional Electoral en el proceso de creación de nuevos partidos políticos, al considerar constitucional el criterio que permite anular asambleas cuando se detectan dobles afiliaciones.
Con esta decisión, la Sala Superior rechazó el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien proponía evitar la nulidad de las asambleas y limitarse a descontar registros duplicados, al advertir que el proceso representa una expresión del pluralismo político y no sólo un trámite administrativo.
La mayoría del pleno —integrada por Mónica Soto, Felipe Fuentes, Felipe de la Mata, Claudia Valle y Gilberto Bátiz— determinó que las verificaciones realizadas por personal del INE en campo tienen carácter preliminar y deben someterse a una revisión integral posterior.
Los magistrados subrayaron que aceptar lo contrario implicaría validar prácticas irregulares como la doble afiliación, lo que afectaría la certeza del proceso electoral.
Organizaciones, en etapa crítica
La resolución tiene efectos directos en el avance de las organizaciones que buscan constituirse como partidos políticos.
Personas Sumando en 2025, impulsada por ex funcionarios del INE, perdió la validez de 41 asambleas y quedó con 205 reconocidas, apenas cinco por encima del mínimo requerido, lo que la coloca en una posición de riesgo de cara a la evaluación final.
En contraste, Que siga la Democracia —integrada por ex militantes de Morena— suma 215 asambleas válidas; México Tiene Vida, vinculada a grupos conservadores de Nuevo León, alcanza 233; y Construyendo Sociedades de Paz, con presencia de grupos evangélicos y ex integrantes del extinto Encuentro Social, lidera con 280.
Aunque aún resta la revisión de padrones de afiliados, el INE prevé emitir su resolución definitiva hacia finales de mayo.
Tribunal niega retirar espot de Morena
En otro asunto, el TEPJF determinó que un juez civil carece de facultades para ordenar al INE el retiro de promocionales transmitidos en tiempos oficiales.
El fallo representa un revés para Ricardo Salinas Pliego, quien promovió un recurso para retirar el espot “Por el bien” de Morena, en el que aparece una imagen suya.
Si bien el tribunal rechazó la eliminación del mensaje, instruyó al INE a admitir la queja por posible uso indebido de la pauta.
No obstante, la mayoría de magistrados descartó que existan elementos para investigar por calumnia, al concluir que el contenido del promocional no hace referencia directa a la empresa vinculada con el empresario.
