Mesa Directiva remite a comisiones minutas sobre límite a las jubilaciones y pensiones, Guardia Nacional y trata de personas
Ciudad de México 19 de marzo de 2026.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a comisiones tres minutas del Senado, sobre límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas, atribuciones de la Guardia Nacional y prevención y detección de la violencia de género contra las mujeres, adolescentes, niñas y niños, con especial énfasis en la trata de personas.
La minuta que reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas, implementa el lenguaje inclusivo para utilizar la expresión persona titular del Ejecutivo Federal e incorpora el término “ninguna persona servidora pública”.
Establece que no deberán exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente, las jubilaciones o pensiones del personal de confianza a cargo de los organismos descentralizados.
Asimismo, las empresas públicas del Estado, las sociedades nacionales de crédito, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales, todos del Gobierno Federal, así como los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, las empresas públicas y los fideicomisos públicos, de las entidades federativas y de los municipios.
Precisa que disposiciones e instrumentos jurídicos que regulen la relación laboral no podrán establecer condiciones que superen el límite establecido en el párrafo que antecede.
Además, quedan excluidas de lo previsto en el segundo párrafo de esta fracción: las Fuerzas Armadas, las jubilaciones o pensiones que se constituyan a partir de las aportaciones voluntarias a los sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, las jubilaciones o pensiones constituidas a partir de aportaciones sindícales en los sistemas de ahorro complementarios, y la pensión no contributiva a que se refiere el artículo 4º de la Constitución. Se canalizó a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Otra minuta reforma el artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, a efecto de incorporar en las atribuciones de la Guardia Nacional el resguardo de las áreas naturales protegidas terrestres de competencia de la Federación. Será analizada por la Comisión de Defensa Nacional.
