Cámara de Diputados turnó a Comisión minuta que reforma la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Ciudad de México 11 de marzo de 2026.- En materia de diseño industrial, se propone actualizar la protección a otros signos distintivos y derechos conexos simplificando su registro.
Con respecto a las marcas se robustece la protección de la persona titular mediante la implementación de una mayor transparencia y rigor en el proceso de su registro; la introducción de nuevas causales de irregistrabilidad y de cancelación de marca, y la incorporación de figuras como la del Ambush Marketing, con la finalidad de asegurar una protección más eficaz, fundamental para el fomento de la competitividad y el valor de los activos nacionales.
Precisa que no serán registrables como marca los signos idénticos o registrables en grado de confusión a los elementos que formen parte o se vinculen con el patrimonio cultural, conocimientos y expresiones culturales tradicionales y la propiedad intelectual colectiva de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Ello, salvo que la solicitud sea presentada por personas integrantes de dichas comunidades, de conformidad con los compromisos internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de protección de conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales.
Indica que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial podrá promover la cooperación internacional mediante el intercambio de experiencias administrativas y jurídicas, mecanismos y mejores prácticas, incluyendo el fomento de acuerdos de cooperación, a fin de aumentar la eficiencia en la atención de los exámenes de fondo de solicitudes para el otorgamiento de patentes.
