Economia

Concluye Plan de Reparación en Akwel Juárez México, S.A. de C.V., conforme al MLRR del T-MEC

Ciudad de México 12 de febrero de 2026.- El gobierno de México, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Economía (SE), coordinó exitosamente la implementación del Plan de Reparación que se desprende de una presunta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en Akwel Juárez México, S.A. de C.V., (Akwel) ubicada en el municipio de Juárez, Chihuahua, México. Lo anterior, en el marco del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (MLRR) del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC).

El 22 de noviembre de 2024, la Oficina de la Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR), solicitó al gobierno de México, a través de la SE, la revisión sobre una presunta denegación de derechos a la libertad de asociación y a la negociación colectiva por parte de la empresa Akwel.

El 26 de noviembre de 2024, el gobierno México aceptó realizar la investigación y después de 45 días, el 6 de enero de 2025, compartió con el gobierno de Estados Unidos, los siguientes resultados de la investigación:

  1. Sobre la injerencia patronal, la STPS detectó indicios de que AKWEL permitió reuniones internas del Sindicato de Trabajadores de Maquilas, Varias, Similares y Conexos de la Confederación de Trabajadores de México en Ciudad Juárez (STMVSC) con el fin de desprestigiar al Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados Especializados, Conexos y Similares de la República Mexicana (SINATAM). No obstante, tras las investigaciones pertinentes, la autoridad informó que no se hallaron pruebas suficientes para confirmar que la empresa haya condicionado o coaccionado a los empleados para afiliarse a dicha organización.
  2. En cuanto a la discriminación antisindical, se analizó la denuncia sobre el despido injustificado de nueve trabajadores pertenecientes al SINATAM. La STPS determinó que, de ese grupo, solo existen indicios de que dos personas fueron presuntamente separadas de su cargo como consecuencia directa de sus actividades o preferencias sindicales.
  3. Respecto a la interferencia en el derecho de huelga, se encontró un indicio de que personal de confianza de la empresa comunicó a los trabajadores que el movimiento era inexistente, instándolos a laborar normalmente. Sin embargo, el Tribunal Laboral Federal destacó que, en la prueba de recuento oficial, la mayoría de los trabajadores (62.63%) votó en contra de la huelga, frente a un 36.45% que se manifestó a favor.
  4. Finalmente, sobre la negativa a firmar el Contrato Colectivo de Trabajo, la STPS encontró una falta de disposición por parte de AKWEL para negociar con el SINATAM. La empresa justificó esta postura argumentando un impedimento legal, bajo la premisa de que otro sindicato contaba con una mayor cantidad de trabajadores afiliados dentro de la planta.

Durante los 45 días de la investigación, AKWEL realizó las siguientes acciones en coordinación con la STPS:

  1. Publicó y difundió una carta de compromiso de neutralidad en asuntos sindicales y un documento que define los lineamientos de conducta por parte del personal de la empresa;
  2. Capacitó a todo el personal de AKWEL sobre el contenido de la carta de neutralidad y los lineamientos de conducta;
  3. Facilitó que la STPS capacitara a todo el personal de AKWEL, sobre los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en México; y
  4. Liquidó a nueve personas trabajadoras.

Como resultado del proceso de consultas intergubernamentales posteriores a la entrega de la investigación realizada por la STPS, el 31 de octubre de 2025, los gobiernos de México y Estados Unidos acordaron un Plan de Reparación para los fines del Anexo 31-A del T-MEC, respecto de la denegación de derechos en la instalación de Akwel Juárez México, S.A. de C.V.

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