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Reforma hídrica consolida control público y protege derechos vigentes

  • Conagua detalla a senadores que se preservan derechos adquiridos, pero se restringe la transferencia privada de concesiones.

Ciudad de México, 03 de diciembre del 2025.- La Comisión Nacional del Agua (Conagua) afirmó ante legisladores de Morena, Partido Verde Ecologista y Partido del Trabajo que la reforma en materia hídrica, actualmente en proceso de dictaminación en la Cámara de Diputados, mantiene los derechos de agua asociados a la herencia y enajenación de propiedades, al tiempo que establece nuevas restricciones para la transmisión privada de concesiones.

Durante una reunión a puerta cerrada, el director general de la dependencia, Efraín Morales, aseguró que “todas las personas que hoy cuentan con una concesión tienen salvaguardados sus derechos”, aunque precisó que, de aprobarse la reforma, ya no será posible transferir títulos de concesión entre particulares. Subrayó además que “el binomio tierra-agua está garantizado”, como principio rector del nuevo marco normativo.

De acuerdo con senadores del grupo parlamentario mayoritario, el encuentro tuvo como objetivo familiarizar a los legisladores con el contenido de la reforma, con miras a que el Senado —en su carácter de Cámara revisora— pueda avalarla en sus términos durante la próxima semana.

Modificaciones centrales a la Ley General de Aguas

El documento presentado por Conagua detalla que la iniciativa deroga los artículos 33 y 37 de la Ley General de Aguas, a fin de impedir la transmisión de títulos de concesión entre particulares y eliminar los cambios de uso. Asimismo, incorpora diversas precisiones y nuevas obligaciones:

  • Artículo 24: Las prórrogas se otorgarán por un periodo equivalente al de los títulos originales, sin considerar el elemento de disponibilidad.
  • Artículo 30: Se crea el Registro Público Nacional del Agua (REPNA), que deberá incluir el padrón de núcleos agrarios y de sistemas comunitarios del agua.
  • Reconocimiento a la actividad agropecuaria familiar, como figura relevante dentro del esquema de aprovechamiento hídrico.

La propuesta enfatiza que “se mantienen los derechos de agua para heredar y vender propiedades”, a la par que se fortalece el marco institucional para la supervisión y administración del recurso.

Sanciones, fondo de reserva y tecnificación del riego

Con el propósito de combatir prácticas ilícitas, la reforma endurece el régimen sancionatorio en materia de robo, desvío o uso irregular del agua. Las multas administrativas podrán alcanzar hasta 30 mil UMAS, equivalentes actualmente a 3 millones 394 mil 200 pesos. También se modulan las penalidades por corrupción en el otorgamiento de concesiones, desvío de cauces y traslado ilegal de aguas nacionales con fines de lucro.

En cuanto al Fondo de Reserva de Aguas Nacionales, se establece que estará integrado por volúmenes recuperados mediante extinción de concesiones, cesiones voluntarias y derechos preferentes. Dichos volúmenes no formarán parte de la disponibilidad y se crearán procedimientos expeditos para transmisiones de propiedad, derechos sucesorios, fusiones y escisiones mercantiles.

Finalmente, la iniciativa propone —en el ámbito de la Ley de Aguas Nacionales— fortalecer la tecnificación del riego y robustecer los mecanismos de medición del uso del agua, con el fin de mejorar la eficiencia y sustentabilidad del recurso en zonas agrícolas.

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