En junio vence plazo para hacer reformas secundarias al Poder Judicial de Edomex: Zurita
Ciudad de México, 19 de junio de 2025.- En este mes se vence el plazo para que la Legislatura mexiquense lleve a cabo las reformas secundarias a la legislación judicial de la entidad, para definir, entre otros temas, cómo se llevará a cabo la selección de quiénes integrarán el Órgano de Administración Judicial que entre otras funciones le corresponde formular la solicitud presupuestal anual del Poder Judicial estatal (PJEM).
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En entrevista, el presidente de la comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Carlos Antonio Martínez Zurita, informó que ya está trabajando en esta reforma, para atender todos los pendientes, con la posibilidad de presentar los ajustes en el periodo extraordinario que se llevará a cabo a finales de este mes.
Indicó que falta llevar a cabo la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial para hacer los ajustes derivados de los cambios constitucionales en enero de este año, donde se dio un plazo de 160 días a la Legislatura para armonizar toda su legislación con la Constitución local, el cual está por fenecer en un par de semanas.
Selección del Órgano de Administración Judicial
En estas reformas se debe asentar cómo se va a llevar a cabo la selección de las 5 personas que van a integrar el Órgano de Administración Judicial, pues la ley sólo señala que uno será a propuesta del Poder Ejecutivo, otro del Legislativo y tres del Tribunal Superior de Justicia, pero faltan más detalles del tema.
Los requisitos señalados a nivel constitucional establecen la necesidad de tener la nacionalidad mexicana por nacimiento, contar con experiencia profesional mínima de 5 años; contar con título de licenciatura en Derecho, Economía, Actuaría, Administración, Contabilidad o cualquier título profesional relacionado con las actividades del órgano de administración judicial, con antigüedad mínima de 5 años.
No deben estar inhabilitados para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni haber sido condenados por delito doloso, con sanción privativa de la libertad, delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, por delitos de violencia familiar contra la libertad sexual, de violencia de género; así como no estar inscrito o inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Funciones del Órgano de Administración de Judicial
A este Órgano de Administración de Judicial le corresponderá determinar el número, competencias y especialización por materia, de salas, juzgados o tribunales; el ingreso, permanencia y separación del personal; así como su formación, promoción y evaluación de desempeño; la inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo del Poder Judicial.
A su cargo quedará la Escuela Judicial del Estado de México, responsable de diseñar e implementar los procesos de formación, capacitación, evaluación, certificación y actualización del personal de carrera judicial y administrativo del PJEM, sus órganos auxiliares e incluso del personal de la Fiscalía General de Justicia, defensorías públicas, organismos de protección de los derechos humanos, instituciones de seguridad pública locales y del público en general.
Con información de: Milenio