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Patrones que expongan a trabajadores a riesgos serán sancionados: STPS

México, 25 de septiembre de 2017.- La Ley Federal del Trabajo en los artículos 51, 65, 66, 67, 132 fracción 6 y 24, así como en el 135 en su fracción 2 especifican que los patrones no pueden obligar a los empleados a asistir a un centro de trabajo cuyos daños representen un peligro.

Los patrones que no acaten las reestricciones en los centros laborales que fueron afectados por el sismo de 7.1 grados del 19 de septiembre podrían alcanzar una multa de hasta 500 salarios mínimos e incluso podrían ser sometidos a una sanción penal según el caso, indicó Rogelio Figueroa Velázquez, director general de Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

En entrevista con EL UNIVERSAL, Figueroa Velázquez comentó que hasta el momento la STPS ha emitido 22 reestricciones a centros de trabajo de las cuales 17 son totales y 6 parciales debido a que los daños en los edificios representan un riesgo para los empleados.

Detalló que hasta el momento la dependencia federal ha recibido 645 quejas en la CDMX, Estado de México, Morelos y Puebla relacionadas con daños en los centros del trabajo que pueden ser un riesgo para los trabajadores, de las cuales se han atendido 551.

El funcionario de la STPS indicó que impedir la entrada a los inspectores de esta dependencia federal a las instalaciones de los centros de trabajo es un delito, puesto que es una medida para proteger a los trabajadores y evitar riesgos que puedan poner en peligro su vida.

“En los centros que hemos visitado hemos visto que sí hay daños, se cayó un plafón o cosas así, algunos son daños menores. Estamos siendo muy cuidadosos en las inspecciones”, dijo.

Figueroa Velázquez enfatizó que los patrones no pueden obligar a los empleados a asistir a un centro de trabajo en el cual se haya verificado cuyos daños representen un peligro para quienes ahí laboran, lo cual se establece en la Ley Federal del Trabajo en los artículos 51, 65, 66, 67, 132 fracción 6 y 24, así como en el 135 en su fracción 2.

Asimismo, comentó que los empleadores que no cumplan con las reestricciones impuestas por la STPS podrían alcanzar una multa de hasta 500 salarios mínimos e incluso pueden ser sujetos a un proceso penal según sea el caso.

Indicó que desde el 19 de septiembre la STPS labora las 24 horas del día para recibir quejas relacionadas con riesgos en los lugares de trabajo, además de que monitorean de manera permanente las redes sociales y medios de comunicación para identificar posibles peligros; llamó a los empleados a denunciar los daños que detecten, a fin de garantizar su seguridad.

Los números para emitir alguna queja son: 56452216, o bien el 30002700 extensión 65338; también pueden aclarar dudas al 59982000.

Astrid Rivera | El Universal

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