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Matrimonios igualitarios: debate en la agenda pública

Ciudad de México, 26 de septiembre de 2016.- En México, la legalización de los matrimonios homoparentales inició a escala local desde el 2009, cuando la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo. Luego se sumaron Quintana Roo, Coahuila y Chihuahua. En tanto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una resolución sobre el tema.

A pesar de ello, el asunto se mantiene en la agenda pública y en las últimas semanas se ha incrementado su discusión, luego de que el presidente Enrique Peña Nieto envió una iniciativa para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo y que contempla la adopción.

Éstas son las posturas y argumentos expuestos por el Poder Judicial, el Ejecutivo y la Iglesia católica.

Iniciativa presidencial sobre matrimonios igualitarios

En mayo del 2016, el presidente Enrique Peña Nieto envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para reconocer en la Constitución el matrimonio entre personas del mismo sexo.

También propone que no se considere un obstáculo para la adopción la orientación sexual.

El 3 de junio del 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una tesis jurisprudencial que declara inconstitucionales los códigos civiles de las entidades del país en donde el matrimonio se entiende sólo como la unión entre un hombre y una mujer y que tiene como fin la procreación. La resolución expone que “pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quien puede acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales”.

La decisión dio a parejas del mismo sexo el derecho a solicitar una orden judicial en contra de las leyes estatales que prohíben el matrimonio entre homosexuales; aunque no es técnicamente la legalización de las uniones del mismo sexo en todo el país, fue un paso importante en esa dirección. La Corte también emitió un fallo a favor de los matrimonios del mismo sexo en el 2010, diciendo que los realizados en la Ciudad de México son válidos en todo el país.

En la Ciudad de México, se había legalizado el matrimonio homosexual desde diciembre del 2009 . En el 2011, se aprobó en Quintana Roo; en el 2014, en Coahuila, y en el 2015, en Chihuahua.

Criterios de la Suprema Corte de Justicia

La iniciativa de reforma del Artículo 4 constitucional propone garantizar el derecho de todas las personas para contraer matrimonio civil. Las reformas a diversos artículos del Código Civil Federal pretenden evitar discriminación alguna para contraer matrimonio; dar igualdad de condiciones a las personas homosexuales para adoptar; que las personas puedan hacer los trámites registrales por cambio de identidad de género y, por último, posibilitar el trámite de divorcio sin causal específica, esto último no cuestionado por el Frente Nacional por la Familia.

Las dos iniciativas presentadas por el Ejecutivo, el pasado 18 de mayo, son el corolario lógico de diversas resoluciones sobre actos de inconstitucionalidad (2/2010; 8/2014), amparos directos (6/2008) y tesis de jurisprudencia (43/2015; 13/2011; 85/2015) de la Suprema Corte, por las cuales reconoce que:

  • La Constitución general no establece un tipo específico de familia ni que ésta se constituye exclusivamente por un matrimonio entre hombre y mujer (2/2010).
  • Es inconstitucional que las legislaciones estatales establezcan la procreación como finalidad del matrimonio y/o que éste se realice exclusivamente entre un hombre y una mujer (43/2015).
  • La definición legal de matrimonio que contenga la procreación como finalidad vulnera los principios de igualdad y no discriminación (85/2015).
  • A los matrimonios entre personas homosexuales les asiste el mismo derecho de adopción que a los heterosexuales (13/2011).
  • Es interés superior el del niño tratándose de adopción por matrimonios entre personas del mismo sexo (2/2010).
  • La reasignación de sexo es parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad (6/2008).

Posición de la Iglesia sobre la homosexualidad

El Catecismo de la Iglesia Católica de 1992 establece en el párrafo 2,357, en la sección referente a la contravención al sexto mandamiento (No fornicarás), que la tradición de la Iglesia considera inaceptables los actos homosexuales por ser “intrínsecamente desordenados” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Decl. Persona humana, 8), porque son contrarios a la ley natural, no generan vida y no proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual.

Sobre las personas homosexuales, el párrafo 2,358 del catecismo expresa: “Esta inclinación, objetivamente desordenada, constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto de ellos, todo signo de discriminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición”. Por tanto, las personas homosexuales están llamadas a la castidad.

Punto de vista del papa Francisco sobre los homosexuales

En el viaje de regreso a Roma desde Río de Janeiro en julio del 2013, y a pregunta expresa sobre la existencia de un lobby gay, el papa manifestó: “Si una persona es gay y busca al Señor y tiene buena voluntad, ¿quién soy yo para juzgar?”, y se refirió al párrafo 2,358 del catecismo, en lo tocante a la no marginación.

En una entrevista concedida al periodista Andrea Tornielli, publicada el 16 de enero pasado por ACIPrensa, Francisco le dijo que la gente no puede ser definida sólo por sus tendencias sexuales.

El pasado 26 de junio, de regreso de Armenia, el papa dijo que la Iglesia debía pedir perdón a los homosexuales y a todos los excluidos por ésta.

Señalamientos sobre los matrimonios homosexuales

La exhortación postsinodal “Amoris laetitia”, de abril del 2016, establece que “no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia (…) Es inaceptable que las iglesias locales sufran presiones en esta materia y que los organismos internacionales condicionen la ayuda financiera a los países pobres a la introducción de leyes que instituyan el ‘matrimonio’ entre personas del mismo sexo”.

Además de las razones religiosas que permean al Frente Nacional por la Familia, el argumento para rechazar las reformas es la presunción de la existencia de un poder oculto que pretende imponer a toda la sociedad su agenda de género, para que el movimiento gay adquiera mayor poder, influencia y dinero, a través del voto ciudadano y, con ello, acabar con la familia tradicional y sus valores.

Con información de: http://eleconomista.com.mx/

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